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BOC Nº 106. Viernes 2 de Junio de 2006 - 737

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

737 - Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Resolución de 24 de mayo de 2006, del Director, por la que se convoca el Concurso Oficial de Quesos Agrocanarias 2006.

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Desde el año 2002 se viene desarrollando, en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, con carácter anual, el Concurso Oficial de Quesos Agrocanarias.

La finalidad perseguida con la organización de este evento es promover la difusión de los quesos de Canarias -dando a conocer su diversidad-, y contribuir a la mejora del producto, facilitando un distintivo de calidad a los ganadores del concurso y consolidando la credibilidad del sector ante el consumidor. Se satisfacen, por otra parte, las demandas de los operadores, que encuentran en este certamen una vía para la promoción de sus productos y para el establecimiento de redes comerciales.

A tal motivo obedece la organización del Concurso Oficial de Quesos Agrocanarias 2006, que viene a dar cumplimiento, además, a los objetivos encomendados al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria por su Ley de creación (Ley 1/2005, de 28 de abril), cuyo artículo 2.2, apartado c), le atribuye como funciones propias la promoción de los productos agrarios y agroalimentarios originarios de Canarias.

Como consecuencia de lo expuesto, y virtud de las competencias que me confiere el artículo 7.2, apartado l), de la Ley 1/2005, de 28 de abril, de creación del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el Concurso Oficial de Quesos Agrocanarias 2006, a celebrar los días 6 y 7 de julio de este año, de acuerdo con las bases que figuran como anexo a esta Resolución.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente convocatoria.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, o, potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2006.- El Director, Rodolfo Ríos Rull.

A N E X O I

BASES DEL "CONCURSO DE QUESOS

AGROCANARIAS 2006"

Primera.- Objeto.

El "Concurso de Quesos Agrocanarias 2006" se dirige a distinguir los quesos de alta calidad elaborados en la Comunidad Autónoma de Canarias a partir de leche de cabra, vaca, oveja o sus mezclas, que cumplan con la normativa vigente.

Segunda.- Categorías, modalidades y variedades.

Se otorgarán distinciones a las siguientes modalidades por categoría y variedad, en su caso:

A. Categoría "Leche pasteurizada".

A.1. Modalidad Quesos Tiernos: engloba los quesos elaborados a partir de leche pasteurizada de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de entre 8 y 20 días.

A.2. Modalidad Quesos Semicurados: engloba los quesos elaborados a partir de leche pasteurizada de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de entre 21 y 60 días.

A.3. Modalidad Quesos Curados: engloba los quesos elaborados a partir de leche pasteurizada de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de más de 60 días.

B. Categoría "Leche cruda".

B.1. Modalidad Quesos Tiernos: engloba los quesos elaborados a partir de leche cruda de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de entre 8 y 20 días.

B.2. Modalidad Quesos Semicurados: engloba los quesos elaborados a partir de leche cruda de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de entre 21 y 60 días.

B.3. Modalidad Quesos Curados: engloba los quesos elaborados a partir de leche cruda de cabra, vaca, oveja y sus mezclas, con una curación de más de 60 días.

Si el número de muestras admitidas a concurso lo permite, dentro de cada una de las modalidades de esta categoría, podrán establecerse tres variedades distintas: cabra, oveja y mezcla.

C. Categoría "Cuajo vegetal".

C.1. Modalidad "Flor", queso elaborado con cuajo vegetal: engloba quesos elaborados a partir de mezcla de leches, al menos con un 60% de leche de oveja canaria y con un máximo de 10% de leche de cabra de las razas canarias, empleando un 100% de cuajo vegetal, con una curación mínima de 20 días.

C.2. Modalidad "Media Flor", queso elaborado con mezcla de cuajos: engloba quesos de mezcla elaborados, al menos con un 60% de leche de oveja canaria y con un máximo de 10% de leche cabra de las razas canarias, empleando mezcla de cuajo vegetal y animal, con una curación mínima de 15 días.

Tercera.- Inscripción.

1. Podrá inscribirse en el concurso de Quesos Agrocanarias 2006 cualquier fabricante o elaborador de queso, inscrito en el Registro General Sanitario de Alimentos.

2. La inscripción se formalizará en los siguientes términos:

- Presentación de la ficha que figura como anexo II, debidamente cumplimentada.

- Envío de la muestra en los términos descritos en la base quinta.

- Presentación de copia de documento acreditativo de su inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos en el que conste el plazo de validez del mismo.

- Dos etiquetas comerciales.

La falta de cualquiera de estos documentos o la falsedad de los datos conllevará la descalificación inmediata de la muestra presentada.

3. Los participantes podrán optar a una o a más modalidades o, en su caso, variedades, con un número máximo de una única muestra por modalidad y variedad.

4. Las muestras se recibirán entre las 9 y 14 horas del lunes 3 de julio de 2006 en cualquiera de los lugares indicados a continuación:

Tenerife:

Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria; Servicio de Calidad Agroalimentaria; Sección de Fomento de la Calidad, Carretera del Boquerón, s/n, I.C.I.A., Finca Isamar, 35003-Valle Guerra, La Laguna, teléfonos (922) 477105, (922) 476295 y (922) 476878; fax (922) 477185.

Gran Canaria:

Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Usos Múltiples II, planta 4ª, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, teléfonos (928) 306767; fax (928) 306702.

Fuerteventura:

Consejo Regulador Queso Majorero, calle Primero de Mayo, 59, 35600-Puerto del Rosario, teléfono y fax (928) 532593.

La Palma:

Consejo Regulador Queso Palmero, calle Europa 3, 38710-Breña Alta, teléfono y fax (922)417060.

El Hierro:

Consejo Regulador de Vinos El Hierro, calle El Matorral, s/n, 38911-Frontera, teléfono (922) 556064; fax (922) 559691.

La Gomera:

Agencia Extensión Agraria San Sebastián, calle Profesor Armas Fernández, 2, 38800-San Sebastián de La Gomera, teléfono (922) 140142; fax (922) 140151.

Lanzarote:

Consejo Regulador de Vinos Lanzarote, calle Arrecife, 9, 35550-San Bartolomé, teléfono (928) 521048; fax (928) 521049.

Los interesados podrán resolver sus dudas u obtener información sobre el Concurso Oficial de Quesos Agrocanarias 2006 en el teléfono de contacto (922) 477105, o enviando sus preguntas o comentarios a la dirección de correo electrónico rlozrod@gobiernodecanarias.org

Cuarta.- Muestras.

1. Las muestras presentadas al certamen consistirán en quesos enteros, con un peso mínimo de un kilogramo. Si el formato de presentación comercial del queso no alcanzase el peso indicado se enviarán tantas unidades como fueran necesarias para alcanzar el peso mínimo exigido.

2. Las muestras deberán remitirse en envases que permitan su correcta conservación, permitiéndose el envío de varias muestras en un mismo paquete siempre que estén debidamente identificadas y diferenciadas.

3. Las muestras presentadas quedarán a disposición de la organización.

Quinta.- Jurado.

1. Existirá un Jurado designado por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria compuesto por un Presidente, un Secretario, con voz y voto, y cinco vocales. El Jurado coordinará el desarrollo del certamen, velará por lo dispuesto en las presentes bases y determinará su fallo, a cuyos efectos contará con el asesoramiento técnico de un comité de expertos catadores.

2. Actuará como Presidente del Jurado el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria y como Secretario un funcionario del Instituto. Uno de los vocales será un representante de la Administración, que asumirá las funciones de dirección técnica; los cuatro restantes procederán de los Consejos Reguladores de Quesos creados en la Comunidad Autónoma, de las organizaciones agrarias profesionales, del sector hostelero o de los medios de comunicación.

3. El Jurado podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, precisándose, en todo caso, la asistencia del Presidente y Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

4. El fallo del Jurado será inapelable.

Sexta.- Comité de catadores.

Existirá un comité de expertos catadores procedentes de los Consejos Reguladores, los elaboradores de queso, los restauradores y otros expertos. El comité se distribuirá en paneles, de al menos cinco miembros, por modalidad y variedad.

Séptima.- Catas.

1. Las muestras admitidas a concurso se valorarán por el panel de catadores correspondiente por el sistema denominado "cata ciega".

2. Aquellas modalidades o variedades en las que se presenten a concurso más de diez muestras, contarán con una cata previa en la que se seleccionarán las diez mejores.

3. Las catas serán públicas y tendrán lugar en la isla de La Palma los días 6 y 7 de julio de 2006, a las 17,00 horas y 10,30 horas respectivamente, en la sala habilitada a tal efecto por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.

Octava.- Calificación.

La calificación de las muestras será otorgada por el panel de expertos catadores, obteniéndose la misma a partir de la puntuación prevista en la ficha de cata.

Novena.- Distinciones.

1. Compete al Jurado la identificación de las muestras sometidas a cata. Una vez finalizada la cata y obtenidas las calificaciones, compete al Jurado identificar las muestras y designar a los ganadores del certamen.

2. Se distinguirá un solo queso por modalidad y variedad. No obstante, se declarará desierta la modalidad o variedad de que se trate, cuando el número de muestras admitidas fuera inferior a cinco, o cuando ninguna de ellas alcanzara, al menos, el 60% de los puntos estipulados en la ficha de cata.

3. El Jurado podrá decidir conceder la distinción especial "Mejor Queso de Canarias 2006". Dicha distinción únicamente podrá recaer en alguno de los quesos premiados, siempre que haya obtenido una puntuación superior a 95 puntos.

Décima.- Aceptación de las bases.

1. La inscripción de los operadores en la esta convocatoria supondrá la aceptación de las presentes bases, de los resultados de las catas y de las decisiones del Jurado.

2. Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo que disponga el Jurado por unanimidad.

Ver anexos - página 10762

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