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BOC Nº 096. Viernes 19 de Mayo de 2006 - 642

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

642 - ORDEN de 25 de abril de 2006, por la que se procede a la habilitación para el ejercicio de las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos, de conformidad con lo recogido en el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio.

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ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 25 de abril de 2005, se procedió a la apertura de un plazo de seis meses para la presentación de solicitudes de habilitación para el ejercicio de las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos, y se fijó la composición de la Comisión de Trabajo que debía valorar las solicitudes que se presentaran. Todo ello, en desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer las citadas profesiones.

Segundo.- Con fecha 21 de abril de 2006 se reunió, previa convocatoria, la Comisión de Trabajo, con la composición prevista en la resolución de la Dirección General de Política Agroalimentaria de 28 de septiembre de 2005, para la valoración de las solicitudes de habilitación.

Consta en el expediente acta de la sesión celebrada, de la que se reproducen las consideraciones siguientes:

(...) A continuación, se pasa a analizar los siguientes expedientes, efectuando la Comisión, por unanimidad, mediante la comprobación de la documentación aportada por los solicitantes, la valoración que a continuación se detalla:

1º) D. Carlos Pérez Pérez, con D.N.I. nº 41.992.957-V, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica de las exigidas por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

2º) D. Juan José Fuentes López, con D.N.I. nº 43.369.315-D, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al acreditar una experiencia de cincuenta meses con anterioridad al 1 de enero de 1999.

3º) D. José Felipe González-Monje Domínguez, con D.N.I. nº 43.343.122-J, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica de las exigidas por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

4º) D. Anacleto Hernández Rodríguez, con D.N.I. nº 78.379.774-Y, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo, de Técnico Especialista en Vitivinicultura, y de Técnico en Elaboración de Vinos.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo, de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

5º) D. Agustín Sebastián García Hernández, con D.N.I. nº 41.960.591-N, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

6º) D. Plácido Jesús Fernández González, con D.N.I. nº 43.602.116-G, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

7º) D. Francisco Javier Castro González, con D.N.I. nº 09.678.484-S, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

8º) D. Tomás Hernández García, con D.N.I. nº 41.905.899-Z, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

9º) D. Gregorio Farrais Domínguez, con D.N.I. nº 78.350.961-N, solicita habilitación para las profesiones de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

10º) D. Francisco Gabriel Hernández Bautista, con D.N.I. nº 78.407.405-Z, solicita habilitación para las profesiones de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

11º) D. José Sáez González de Chávez, con D.N.I. nº 43.802.487-E, solicita habilitación para las profesiones de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

12º) D. Miguel Dévora Rodríguez, con D.N.I. nº 41.956.566-N, solicita habilitación para las profesiones de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

13º) Dña. Cecilia Farrais Lorenzo, con D.N.I. nº 78.337.930-E, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

14º) D. Pedro Pérez Pérez, con D.N.I. nº 41.762.574-W, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

15º) D. Adelto Piñero Hernández, con D.N.I. nº 43.613.449-K, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

16º) D. José Luis Plasencia Martín, con D.N.I. nº 78.383.274-X, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

17º) D. Francisco Javier González Pérez, con D.N.I. nº 43.608.829-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

18º) D. Antonio Fernando González González, con D.N.I. nº 42.003.343-F, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura, y Técnico en Elaboración de Vinos.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo, de Técnico Especialista en Vitivinicultura y de Técnico en Elaboración de Vinos, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

19º) Dña. María de los Ángeles González Perera, con D.N.I. nº 41.958.911-B, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

20º) D. Javier Ignacio Gómez González, con D.N.I. nº 43.375.712-N, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

21º) D. Francisco Javier Gómez Pimentel, con D.N.I. nº 41.971.358-S, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

22º) D. Humberto Domínguez Yanes, con D.N.I. nº 41.960.994-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

23º) D. Santiago Domingo Luis Perdigón, con D.N.I. nº 41.961.577-D, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

24º) D. Teobaldo Rubén Méndez González, con D.N.I. nº 43.346.596-Z, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

25º) Dña. Eva María Hernández Alonso, con D.N.I. nº 42.175.171-W, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

26º) D. Luis Ravina Pisaca, con D.N.I. nº 42.078.121-N, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

27º) D. José Luis Pacheco González, con D.N.I. nº 41.980.890-W, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

28º) D. Luis Paulino Rumeu Ucelay, con D.N.I. nº 43.601.777-X, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

29º) D. Pedro Domingo Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 43.800.971-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

30º) D. Manuel Francisco Rodríguez Jiménez, con D.N.I. nº 42.053.256-X, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

31º) D. Daniel Viera Hernández, con D.N.I. nº 45.455.798-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

32º) D. Serafín Rodríguez González, con D.N.I. nº 42.179.687-X, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

33º) D. Ángel Ramallo García, con D.N.I. nº 54.045.154-F, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

34º) D. José Miguel López Dorta, con D.N.I. nº 41.888.344-P, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

35º) D. Domingo Navarro Trujillo, con D.N.I. nº 43.616.869-Z, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

36º) D. Julio Expósito Hernández, con D.N.I. nº 42.171.355-G, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

37º) D. Francisco José Arbelo Sosa, con D.N.I. nº 78.604.771-V, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

38º) D. Isidro Manuel Hernández Díaz, con D.N.I. nº 52.823.270-K, solicita la habilitación para la profesión de Técnico en Elaboración de Vinos.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico en Elaboración de Vinos, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

39º) D. José Alfonso González Lorente, con D.N.I. nº 42.079.750-P, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

40º) Dña. Nancy de los Ángeles Sarabia Pérez, con D.N.I. nº 78.557.799-B, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999, en atención a la edad de la solicitante.

41º) D. Víctor Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 42.080.362-E, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

42º) D. Julián Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 45.438.755-R, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

43º) D. Fermín Eduardo Pérez Pérez, con D.N.I. nº 42.145.336-K, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

44º) D. Eladio P. González Díaz, con D.N.I. nº 41.971.978-Z, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

45º) Dña. María Ángeles Hernández Medina, con D.N.I. nº 42.744.013-P, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

46º) D. Francisco Javier Camacho Armas, con D.N.I. nº 42.154.135-B, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

47º) D. Juan Víctor Paz Pérez, con D.N.I. nº 42.173.727-F, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

48º) Dña. Ana María Nanclares Susaeta, con D.N.I. nº 13.297.880-Q, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

49º) Dña. Ángeles Matallana Hernández, con D.N.I. nº 42.909.926-E, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

50º) D. Juan Alberto Acosta Sánchez, con D.N.I. nº 42.178.150-G, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

51º) Dña. Alicia García Pérez, con D.N.I. nº 42.176.236-D, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

52º) D. Cayetano Padrón Pérez, con D.N.I. nº 43.781.515-A, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

53º) Dña. Alicia Pérez Pérez, con D.N.I. nº 42.180.342-K, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

54º) D. José Eugenio Alonso Hernández, con D.N.I. nº 42.072.587-K, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

55º) D. Roberto Méndez Siverio, con D.N.I. nº 43.359.341-V, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

56º) D. Juan Jesús Méndez Siverio, con D.N.I. nº 78.604.062-K, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

57º) Dña. María Elena Batista Herrera, con D.N.I. nº 43.794.368-E, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

58º) D. Domingo Donato Delgado García, con D.N.I. nº 42.080.444-N, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

Llegados al expediente de D. José Luis González González, en el que concurre la condición de vocal de la Comisión de Trabajo, el Presidente le invita a abandonar la reunión, por concurrir en él una causa de abstención de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, consistente en tener interés personal en el asunto de que se trata. Los restantes miembros de la Comisión de Trabajo analizan el expediente y emiten la siguiente valoración:

59º) D. José Luis González González, con D.N.I. nº 43.613.751-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

Incorporado nuevamente a la reunión D. José Luis González González, se prosigue el análisis de los restantes expedientes, efectuando la Comisión, por unanimidad, mediante la comprobación de la documentación aportada por los solicitantes, la valoración que a continuación se detalla:

60º) Dña. Noemí Díaz Rodríguez, con D.N.I. nº 42.091.082-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

61º) Dña. Juana Rosa García Hernández, con D.N.I. nº 42.936.955-A, solicita habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de treinta y un meses con anterioridad al 1 de enero de 1999.

62º) D. José Alexis Goya Goya, con D.N.I. nº 45.445.727-G, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cincuenta y cuatro meses con anterioridad al 1 de enero de 1999.

63º) Dña. Margarita de León Pérez, con D.N.I. nº 45.449.442-Q, solicita habilitación para la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Técnico Especialista en Vitivinicultura por un período de cincuenta y cuatro meses con anterioridad al 1 de enero de 1999.

64º) D. Pedro Hernández Tejera, con D.N.I. nº 42.022.544-A, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión especificada en la solicitud, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

65º) D. David Rodríguez Darias, con D.N.I. nº 45.456.741-R, solicita habilitación para la profesión de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de las profesiones especificadas en la solicitud, al acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes a los perfiles de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999.

66º) D. Alejandro Díaz Remedios, con D.N.I. nº 43.793.319-P, solicita habilitación para la profesión de Enólogo.

Cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Enólogo, al quedar acreditado el desarrollo de una actividad técnica correspondiente al perfil de Enólogo, por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999 (...).

Tercero.- Con fecha 18 de abril de 2006, mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación se resolvieron los expedientes que fueron estudiados en la reunión de la Comisión de Trabajo de 5 de abril de 2006, en cuyo antecedente segundo se reproduce parte del acta de la citada reunión, en la que figura la valoración efectuada por la Comisión, en concreto: "29º) Dña. María del Pilar Socas Afonso, con D.N.I. 78.607.697-E, solicita la habilitación para las profesiones de Enólogo y de Técnico Especialista en Vitivinicultura. La Comisión analiza la documentación en la que figura el desistimiento de su solicitud de la habilitación como Enólogo. No cumple los requisitos para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura, al no acreditar el ejercicio de las funciones o actividades correspondientes por un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999". No recoge la citada Orden en su contenido resolutivo resolución expresa en relación con el desistimiento formulado por Dña. María del Pilar Socas Afonso de su solicitud de habilitación como Enólogo.

Cuarto.- El Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, Presidente de la Comisión de Trabajo, traslada el día 24 de abril de 2006, la correspondiente propuesta, conforme las consideraciones recogidas en el acta de la reunión celebrada por la Comisión de Trabajo el día 21 de abril de 2006.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 102, reguló las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos, subordinando el ejercicio de cada una de estas profesiones a la posesión de un título específico. Sin embargo, el apartado cuarto del citado artículo señalaba que lo anterior no afectaba "[...] a la situación ni a los derechos de quienes, a la entrada en vigor de la misma, acrediten de forma fehaciente, y en las condiciones que reglamentariamente se determinen, que han ejercido la profesión durante un período de tiempo de cinco años".

Segundo.- En desarrollo de la previsión establecida en el punto anterior se dictó el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos, que, además de establecer las funciones y actividades sobre las que hay que acreditar la experiencia de cinco años, señala que serán las Comunidades Autónomas las que instruirán y resolverán los procedimientos de habilitación (artículo 10).

En cuanto a la forma de acreditar la experiencia resulta de aplicación la Resolución de 7 de julio de 2004, de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión de Análisis prevista en el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se establecen los criterios para la emisión de los certificados de habilitación profesional, regulados en el citado Real Decreto (B.O.E. nº 179, de 26 de julio).

Tercero.- La Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 25 de abril (B.O.C. nº 84, de 29 de abril), dictada en aplicación del artículo 10 del Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, designó al Consejero del Departamento citado como órgano competente para la resolución de las solicitudes de habilitación, previo informe de la Comisión de Trabajo.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Otorgar el certificado de habilitación, por haber quedado acreditado el desarrollo de una actividad técnica de las exigidas durante un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999, a los solicitantes que a continuación se relacionan:

A) Para el ejercicio de la profesión de Enólogo:

- D. Carlos Pérez Pérez, con D.N.I. nº 41.992.957-V.

- D. José Felipe González-Monje Domínguez, con D.N.I. nº 43.343.122-J.

- D. Anacleto Hernández Rodríguez, con D.N.I. nº 78.379.774-Y.

- D. Agustín Sebastián García Hernández, con D.N.I. nº 41.960.591-N.

- Dña. Cecilia Farrais Lorenzo, con D.N.I. nº 78.337.930-E.

- D. Pedro Pérez Pérez, con D.N.I. nº 41.762.574-W.

- D. Adelto Piñero Hernández, con D.N.I. nº 43.613.449-K.

- D. José Luis Plasencia Martín, con D.N.I. nº 78.383.274-X.

- D. Francisco Javier González Pérez, con D.N.I. nº 43.608.829-R.

- D. Antonio Fernando González González, con D.N.I. nº 42.003.343-F.

- D. Javier Ignacio Gómez González, con D.N.I. nº 43.375.712-N.

- D. Francisco Javier Gómez Pimentel, con D.N.I. nº 41.971.358-S.

- D. Humberto Domínguez Yanes, con D.N.I. nº 41.960.994-R.

- D. Teobaldo Rubén Méndez González, con D.N.I. nº 43.346.596-Z.

- D. Luis Ravina Pisaca, con D.N.I. nº 42.078.121-N.

- D. José Luis Pacheco González, con D.N.I. nº 41.980.890-W.

- D. Luis Paulino Rumeu Ucelay, con D.N.I. nº 43.601.777-X.

- D. Pedro Domingo Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 43.800.971-R.

- D. Manuel Francisco Rodríguez Jiménez, con D.N.I. nº 42.053.256-X.

- D. Daniel Viera Hernández, con D.N.I. nº 45.455.798-R.

- D. Serafín Rodríguez González, con D.N.I. nº 42.179.687-X.

- D. Ángel Ramallo García, con D.N.I. nº 54.045.154-F.

- D. José Miguel López Dorta, con D.N.I. nº 41.888.344-P.

- D. Domingo Navarro Trujillo, con D.N.I. nº 43.616.869-Z.

- D. Julio Expósito Hernández, con D.N.I. nº 42.171.355-G.

- D. José Alfonso González Lorente, con D.N.I. nº 42.079.750-P.

- D. Víctor Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 42.080.362-E.

- D. Fermín Eduardo Pérez Pérez, con D.N.I. nº 42.145.336-K.

- D. Eladio P. González Díaz, con D.N.I. nº 41.971.978-Z.

- Dña. María Ángeles Hernández Medina, con D.N.I. nº 42.744.013-P.

- D. Francisco Javier Camacho Armas, con D.N.I. nº 42.154.135-B.

- Dña. Ángeles Matallana Hernández, con D.N.I. nº 42.909.926-E.

- D. Cayetano Padrón Pérez, con D.N.I. nº 43.781.515-A.

- D. José Eugenio Alonso Hernández, con D.N.I. nº 42.072.587-K.

- D. Roberto Méndez Siverio, con D.N.I. nº 43.359.341-V.

- D. Juan Jesús Méndez Siverio, con D.N.I. nº 78.604.062-K.

- Dña. María Elena Batista Herrera, con D.N.I. nº 43.794.368-E.

- D. Domingo Donato Delgado García, con D.N.I. nº 42.080.444-N.

- D. José Luis González González, con D.N.I. nº 43.613.751-R.

- Dña. Noemí Díaz Rodríguez, con D.N.I. nº 42.091.082-R.

- D. David Rodríguez Darias, con D.N.I. nº 45.456.741-R.

- D. Alejandro Díaz Remedios, con D.N.I. nº 43.793.319-P.

B) Para el ejercicio de la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura:

- D. Anacleto Hernández Rodríguez, con D.N.I. nº 78.379.774-Y.

- D. Agustín Sebastián García Hernández, con D.N.I. nº 41.960.591-N.

- Dña. Cecilia Farrais Lorenzo, con D.N.I. nº 78.337.930-E.

- D. Antonio Fernando González González, con D.N.I. nº 42.003.343-F.

- D. Teobaldo Rubén Méndez González, con D.N.I. nº 43.346.596-Z.

- D. José Luis Pacheco González, con D.N.I. nº 41.980.890-W.

- D. Domingo Navarro Trujillo, con D.N.I. nº 43.616.869-Z.

- D. Julián Rodríguez Pérez, con D.N.I. nº 45.438.755-R.

- D. David Rodríguez Darias, con D.N.I. nº 45.456.741-R.

C) Para el ejercicio de la profesión de Técnico en Elaboración de Vinos:

- D. Anacleto Hernández Rodríguez, con D.N.I. nº 78.379.774-Y.

- D. Antonio Fernando González González, con D.N.I. nº 42.003.343-F.

Segundo.- No otorgar el certificado de habilitación, por no haber quedado acreditado el desarrollo de una actividad técnica de las exigidas durante un período de cinco años con anterioridad al 1 de enero de 1999, a los solicitantes que a continuación se relacionan:

A) Para el ejercicio de la profesión de Enólogo:

- D. Juan José Fuentes López, con D.N.I. nº 43.369.315-D.

- D. Francisco Javier Castro González, con D.N.I. nº 09.678.484-S.

- D. Tomás Hernández García, con D.N.I. nº 41.905.899-Z.

- Dña. María de los Ángeles González Perera, con D.N.I. nº 41.958.911-B.

- D. Francisco José Arbelo Sosa, con D.N.I. nº 78.604.771-V.

- Dña. Nancy de los Ángeles Sarabia Pérez, con D.N.I. nº 78.557.799-B.

- Dña. Ana María Nanclares Susaeta, con D.N.I. nº 13.297.880-Q.

- D. Juan Alberto Acosta Sánchez, con D.N.I. nº 42.178.150-G.

- Dña. Alicia Pérez Pérez, con D.N.I. nº 42.180.342-K.

- Dña. Juana Rosa García Hernández, con D.N.I. nº 42.936.955-A.

- D. Pedro Hernández Tejera, con D.N.I. nº 42.022.544-A.

B) Para el ejercicio de la profesión de Técnico Especialista en Vitivinicultura:

- D. Plácido Jesús Fernández González, con D.N.I. nº 43.602.116-G.

- D. Tomás Hernández García, con D.N.I. nº 41.905.899-Z.

- D. Gregorio Farrais Domínguez, con D.N.I. nº 78.350.961-N.

- D. Francisco Gabriel Hernández Bautista, con D.N.I. nº 78.407.405-Z.

- D. José Sáez González de Chávez, con D.N.I. nº 43.802.487-E.

- D. Miguel Dévora Rodríguez, con D.N.I. nº 41.956.566-N.

- D. Santiago Domingo Luis Perdigón, con D.N.I. nº 41.961.577-D.

- Dña. Eva María Hernández Alonso, con D.N.I. nº 42.175.171-W.

- D. Juan Víctor Paz Pérez, con D.N.I. nº 42.173.727-F.

- D. Juan Alberto Acosta Sánchez, con D.N.I. nº 42.178.150-G.

- Dña. Alicia García Pérez, con D.N.I. nº 42.176.236-D.

- Dña. Juana Rosa García Hernández, con D.N.I. nº 42.936.955-A.

- D. José Alexis Goya Goya, con D.N.I. nº 45.445.727-G.

- Dña. Margarita de León Pérez, con D.N.I. nº 45.449.442-Q.

C) Para el ejercicio de la profesión de Técnico en Elaboración de Vinos:

- D. Gregorio Farrais Domínguez, con D.N.I. nº 78.350.961-N.

- D. Francisco Gabriel Hernández Bautista, con D.N.I. nº 78.407.405-Z.

- D. José Sáez González de Chávez, con D.N.I. nº 43.802.487-E.

- D. Miguel Dévora Rodríguez, con D.N.I. nº 41.956.566-N.

- D. Isidro Manuel Hernández Díaz, con D.N.I. nº 52.823.270-K.

Tercero.- Aceptar de plano el desistimiento, a petición propia, de la solicitud de habilitación de Enólogo formulada por Dña. María del Pilar Socas Afonso, con D.N.I. nº 78.607.697-E.

Cuarto.- La presente Resolución deberá notificarse a los interesados, y publicarse en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante esta Consejería en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2006.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

Pedro Rodríguez Zaragoza.

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