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"26.- Propuesta de nombramiento de Director Insular de Transportes.
Visto acuerdo número 4 adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 30 de junio de 2003, en virtud del cual se aprueba propuesta elevada por esta Presidencia y relativa a la determinación, denominación y composición orgánica de las Áreas de Gobierno del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife;
Resultando que conforme a lo previsto en el citado Acuerdo, el Área de Carreteras y Transportes se encuentra orgánicamente compuesta no sólo por la Consejería Insular del Área, sino también por una Dirección Insular de Transportes;
Resultando que, existe el crédito suficiente para atender al nombramiento del Director Insular de Transportes, en las partidas correspondientes del Presupuesto de la Corporación, hallándose sus retribuciones previstas en el anexo V de las Bases de Ejecución del Presupuesto correspondientes al presente ejercicio de 2006;
Resultando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual "El nombramiento de los coordinadores generales, y de los directores generales deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las entidades locales o funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, salvo que el Pleno, al determinar los niveles esenciales de la organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123.1.c), permita que, en atención a las características específicas del puesto directivo, su titular no reúna dicha condición de funcionario. En este caso los nombramientos habrán de efectuarse motivadamente y de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada", el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2006, acuerda eximir al titular de la Dirección Insular de Transportes del requisito de tener la consideración de funcionario de carrera o habilitado de carácter nacional, efectuándose el nombramiento de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, todo ello atendiendo a las características específicas del puesto, relacionadas básicamente con la gestión de transportes insulares;
Considerando lo dispuesto en el artículo 14 del vigente Reglamento Orgánico, conforme al cual el Consejo de Gobierno Insular, a propuesta del Consejero Insular de Área correspondiente, podrá efectuar el nombramiento de Directores Insulares, órganos desconcentrados y directivos de la Administración Insular en los términos previstos en el apartado 3 del artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, fijándose en aquél la determinación exacta de su ámbito competencial sectorial, para el desempeño de sus atribuciones dentro de dicha Área, que surtirá efectos desde su publicación en los Boletines Oficiales de Canarias y la Provincia;
Por todo lo anterior, el Consejo de Gobierno Insular por unanimidad adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Nombrar a D. Manuel Víctor Ortega Santaella como Director Insular de Transportes, correspondiéndole las atribuciones previstas en el artículo 16.1 del Reglamento Orgánico de la Corporación, respecto de las siguientes materias:
1. Gestión de autorizaciones en materia de transporte terrestre y por cable.
2. Inspección y régimen sancionador en materia de transporte terrestre y por cable.
3. Régimen concesional en materia de viajeros.
Segundo.- Ordenar, de forma inmediata, la publicación del nombramiento en los Boletines Oficiales de Canarias y de la Provincia, a los efectos previstos en el artículo 14.1 del Reglamento Orgánico de la Corporación.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 2006.- El Consejero Insular del Área de Carreteras y Transportes, Lorenzo Dorta García.
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