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Dña. Pilar Parrilla Martín, Secretaria del Juzgado de Primera de Instancia nº 1 de La Orotava y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
La Orotava, a diecisiete de febrero de 2006.
Vistos por el Sr. D. Ignacio Marrero Francés, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de La Orotava, los presentes autos de juicio ordinario nº 143/03 promovidos por la Comunidad de Propietarios Edificio Bahía III (sito en la calle Buganvilla, 1, La Longuera, Los Realejos, Santa Cruz de Tenerife), representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Pedro González Martín y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Justo Clemente Pliego, contra D. Ernst y Dña. Helga Annmarie Gerbert, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios Edificio Bahía III (sito en la calle Buganvilla, 1, La Longuera, Los Realejos, Santa Cruz de Tenerife), contra D. Ernst y Dña. Helga Annmarie Gerbert y, por tanto, declarando que los demandados son en deber conjunta y solidariamente a la actora la suma de 3.995,51 euros, debo condenar y condeno a D. Ernst y Dña. Helga Annmarie Gerbert a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 3.995,51 euros, más sus intereses legales desde la presentación de la demanda y los procesales desde el dictado de esta resolución, así como al pago de las costas relativas a este proceso.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Orotava, a 6 de marzo de 2006.- El/la Juez.- El/la Secretario.
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