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BOC Nº 077. Viernes 21 de Abril de 2006 - 1360

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana

1360 - EDICTO de 27 de enero de 2006, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000230/2004.

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JUZGADO DE: Primera de Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: ordinario 0000230/2004.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Valentín Hernández Martín, Yolanda Vega Artiles y Abdelkader Aazzouzi Mohamed.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Alejandro Riera Martín.

SOBRE: resolución de contrato.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a veintinueve de marzo de dos mil cinco.

Vistos por D. José Alexis Reyes Negrín, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de San Bartolomé de Tirajana y su partido, los presentes autos de juicio ordinario sobre resolución contrato de compraventa, seguidos ante este Juzgado bajo el nº 230/2004, a instancia de D. Valentín Hernández Martín, D. Abdelkader Aazzouzi Mohamed y Dña. Yolanda Vega Artiles, representados por el Procurador D. Pedro Viera Pérez y asistidos por el Letrado D. Agustín Cruz Santana, contra D. Alejandro Riera Martín, que fue declarado en situación legal de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por D. Valentín Hernández Martín, por D. Abdelkader Aazzouzi Mohamed y por Dña. Yolanda Vega Artiles, representados por el Procurador D. Pedro Viera Pérez, contra D. Alejandro Riera Martín; y, en virtud de lo cual,

a) Debo declarar y declaro que el demandado, D. Alejandro Riera Martín, debe sumir todas las obligaciones derivadas de los contratos de compraventa de viviendas celebrados entre los actores y la entidad "Construcciones Fataga 2001, S.L.".

b) Debo declarar y declaro resueltos los siguientes contratos:

1) Contrato de compraventa de fecha 17 de junio de 2002, celebrado entre la entidad "Construcciones Fataga 2001, S.L." y D. Abdel Kader Aazzouzi Mohamed, sobre la vivienda situada en la planta segunda, letra A, más la plaza de garaje nº 2, del edificio sito en la calle Zurbarán esquina Lanzarote.

2) Contrato de compraventa de fecha 3 de octubre de 2002, celebrado entre la entidad "Construcciones Fataga 2001, S.L." y D. Abdelkader Aazzouzi Mohamed, sobre la vivienda situada en la planta segunda, letra A, más la plaza de garaje nº 6, del edificio sito en la calle Beñesmen esquina Andamana.

3) Los tres contratos de compraventa de fecha 3 de octubre de 2002, celebrados entre la entidad "Construcciones Fataga 2001, S.L." y D. Valentín Hernández Martín, sobre las siguientes viviendas sitas en la calle Beñesmen esquina Andamana: a) planta baja, letra B; b) planta primera, letra B, más la plaza de garaje nº 5; c) planta baja, letra A, más la plaza de garaje nº 3.

4) Contrato de compraventa de fecha 4 de febrero de 2002, celebrado entre la entidad "Construcciones Fataga 2001, S.L." y Dña. Yolanda Vega Artiles (y su mando D. Manuel Ángel García González), sobre la vivienda situada en la planta primera, letra A, más la plaza de garaje nº 1, del edificio sito en la calle Beñesmen esquina Andamana.

c) Debo condenar y condeno al demandado, D. Alejandro Riera Martín, a que abone las siguientes cantidades en concepto de restitución e indemnización de daños y perjuicios:

1) A D. Abdelkader Aazzouzi Mohamed, la cantidad de 23.078,87 euros; que se verá incrementada con el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda (13 de abril de 2004), y calculada dicha cantidad, hasta la fecha de la presente resolución, y, a partir de la misma, por los intereses del artículo 576 de la LEC.

2) A D. Valentín Hernández Martín, la cantidad de 153.945,72 euros; que se verá incrementada con el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda (13 de abril de 2004), y calculada dicha cantidad, hasta la fecha de la presente resolución, y, a partir de la misma, por los intereses del artículo 576 de la LEC.

3) A Dña. Yolanda Vega Artiles, la cantidad de 12.501,05 euros; que se verá incrementada con el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda (13 de abril de 2004), y calculada dicha cantidad, hasta la fecha de la presente resolución, y, a partir de la misma, por los intereses del artículo 576 de la LEC.

En cuanto a las costas, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia de fecha 29 de marzo de 2005.

En San Bartolomé de Tirajana, a 27 de enero de 2006.- El/la Secretario Judicial.

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