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BOC Nº 052. Miércoles 15 de Marzo de 2006 - 335

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

335 - ORDEN de 7 de marzo de 2006, por la que se convocan para el ejercicio 2006, las plazas de residentes previstas en la Orden de 10 de marzo de 2004, que regula las bases que han de regir con carácter indefinido las convocatorias de las plazas de residentes, para realizar estudios de formación profesional marítimo pesquera específica y de adultos en la Residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote).

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Examinada la iniciativa de la Viceconsejería de Pesca sobre la conveniencia de convocar en el ejercicio 2006, plazas de residentes, para realizar durante el curso académico 2006/2007, estudios de formación profesional marítimo pesquera específica y de adultos en la Residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote), así como la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica en relación con dicha iniciativa, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 10 de marzo de 2004 (B.O.C. nº 55, de 19.3.04), regula las bases que han de regir con carácter indefinido las convocatorias de las plazas de residentes, para realizar estudios de formación profesional marítimo pesquera específica y de adultos, en la residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote).

Segundo.- En la Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2006, existe crédito en las aplicaciones presupuestarias 13.09.422J.212.00 (Edificios y otras construcciones), 13.09.422J.220.04 (Productos alimenticios), 13.09.422J.227.00 (Limpieza y aseo), 13.09.422J.227.01 (Seguridad) y 13.09.422J.130 (Laboral fijo).

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- El Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 10.4, establece que: "Corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica".

II.- El artículo 10.2 del mencionado Decreto 337/1997, señala que en el caso de convocatorias cuyas bases tengan vigencia indefinida, supuesto que nos ocupa, anualmente deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente Resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes, el importe correspondiente al ejercicio de que se trate y su aplicación presupuestaria.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para el ejercicio 2006 las ayudas que se establecen en la Orden de 10 de marzo de 2004 (B.O.C. nº 55, de 19.3.04), por la que se regulan las bases que han de regir con carácter indefinido las convocatorias de las plazas de residentes para realizar estudios de formación profesional marítimo pesquera específica y de adultos, en la Residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote), referidas al curso académico 2006/2007.

Segundo.- Se destinan a la presente convocatoria créditos por importe de cuatrocientos nueve mil setecientos cuarenta euros con ochenta céntimos (409.740,80 euros), con cargo a las aplicaciones presupuestarias 13.09.422J.212.00 (Edificios y otras construcciones), 13.09.422J.220.04 (Productos alimenticios), 13.09.422J.227.00 (Limpieza y aseo), 13.09.422J.227.01 (Seguridad) y 13.09.422J.130 (Laboral fijo).

Dichos importes podrán verse incrementados con los créditos que pudieran incorporarse, siempre antes de la Resolución de concesión.

Tercero.- De acuerdo con lo establecido en la base 3.2 de la Orden de 10 de marzo de 2004, se cuantifica el coste de la estancia teniendo en cuenta el coste de los servicios relacionados en la misma.

Cuarto.- El número de plazas a ofertar en el próximo curso académico 2006/2007 será de 80, entre alumnos internos y externos.

Quinto.- El plazo de presentación de solicitudes será:

- Para aquellos alumnos que cursen estudios de Formación Profesional Marítimo Pesquera Específica, desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias hasta el día 15 de septiembre del año 2006.

- Para aquellos alumnos que cursen estudios de adultos, de quince días anteriores al comienzo de cada curso.

Sexto.- Delegar en el Viceconsejero de Pesca la competencia para dictar todas aquellas actuaciones que pongan fin a los procedimientos que deriven de la presente convocatoria, así como cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo de esta Resolución.

Séptimo.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2006.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

Pedro Rodríguez Zaragoza.

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