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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Benjamín John Davidson de la resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 241, de fecha 1 de febrero de 2006, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Benjamín John Davidson la Resolución nº 241, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 1 de febrero de 2006, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia R.P. 5/2002, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Primero.- Declarar la caducidad del expediente sancionador R.P. 5/02 iniciado contra D. Benjamín John Davidson, por Resolución nº 113 del Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 25 de enero de 2002.
Segundo.- Declarar el transcurso del plazo legalmente establecido para el ejercicio de la potestad sancionadora en relación con la infracción consistente en el vertido de residuos peligrosos (aceites usados), en el lugar conocido como Avenida Juan Carlos I, 35, en Corralejo, término municipal de La Oliva.
Tercero.- Proceder al archivo definitivo del expediente R.P. 5/02.
Cuarto.- Notificar la presente Resolución a cuantos interesados aparezcan en el expediente.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."
Remitir la presente resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de febrero de 2006.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
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