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BOC Nº 026. Martes 7 de Febrero de 2006 - 169

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

169 - ORDEN de 25 de enero de 2006, por la que se delega en el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el ejercicio de la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal.

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El artículo 25, letra c) de la Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2006, dispone que es competencia de los titulares de los Departamentos la autorización de las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal conforme a lo establecido en el artículo 36.2, apartados a), b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I de la citada Ley 9/2005, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2; atribuyendo en su artículo 48, la competencia para la autorización y disposición de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones derivadas de la gestión de personal al órgano competente en materia de personal de cada organismo autónomo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartados 2 y 4, de los Estatutos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, aprobados por Decreto 189/2001, de 15 de octubre, es competencia del Director Ejecutivo el ejercicio de la dirección de todos los servicios de la Agencia, la Jefatura directa del personal y el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con la dotación económica y presupuestaria.

La tramitación de expedientes de ampliación de créditos podría conllevar un retraso innecesario en la gestión de nóminas, por lo que se estima oportuno, por razones de índole técnico y en aras de una mayor agilidad y eficacia en los procedimientos, delegar en el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, la competencia para autorizar la ampliación de créditos de aquella naturaleza.

Visto lo dispuesto en el artículo 31, apartados 3 y 5 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Agencia de Protección de Medio Urbano y Natural, el ejercicio de la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal previstos en el artículo 25, letra c) de la Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2006.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente delegación surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el cierre del ejercicio presupuestario correspondiente al año 2006.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de enero de 2006.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.

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