BOC - 2006/024. Viernes 3 de Febrero de 2006 - 351

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife)

351 - ANUNCIO de 18 de noviembre de 2005, relativo a la aprobación definitiva del Plan Parcial para el Sector de Suelo Urbanizable La Cuesta 3.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2005, adoptó el siguiente acuerdo:

"Primero.- Aprobar con carácter definitivo el documento de Plan Parcial presentado por la entidad mercantil Construcciones Socas y Perera, S.L. para el Sector de Suelo Urbanizable La Cuesta 3.

Segundo.- Aprobar el establecimiento del sistema de ejecución por concierto para el desarrollo y ejecución del sector de suelo urbanizable La Cuesta 3, de acuerdo con la iniciativa formulada por la entidad mercantil Construcciones Socas y Perera, S.L.

Tercero.- Aprobar con carácter definitivo la propuesta de Convenio urbanístico de Gestión Concertada a suscribir entre el Excmo. Ayuntamiento y la entidad propietaria, promotora de la gestión y ejecución del Sector de Suelo Urbanizable La Cuesta 3.

Cuarto.- Aprobar el Proyecto de Urbanización de los terrenos incluidos en el citado Sector de Suelo Urbanizable presentado por la entidad Construcciones Socas y Perera, S.L. que deberá ejecutarse mediante bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales y la Empresa Teidagua, cumplimentando las condiciones que constan a continuación:

Red de abastecimiento:

Se instalará una red principal de FD ¿ 150 por la calle principal paralela al barranco. En las calles transversales se instalará una red ¿ 100 FD conectada a la de 150 mediante válvula de corte.

En la transversal paralela a la Avenida de Las Palmeras, la red a instalar quedará unida a la existente y con el mismo diámetro en el otro tramo de calle ya realizada.

Por las aceras se instalará una red terciaria ¿ 63 mm PE-16 Atm quedando registradas las acometidas para cada parcela.

Los cruces hasta la red terciaria se ejecutarán en 80 mm FD instalando válvulas de corte en ambos sentidos de la acera.

Se preverá la instalación de un contador para uso de riego de jardines conectado a la red terciaria.

Las bocas de incendio quedarán conectadas directamente de la red principal y estarán situadas de tal manera que ningún punto dentro de la urbanización quede desprotegido de éstas a más de 100 m.

Puntos de conexión: las conexiones a las redes existentes se ejecutarán mediante válvula de corte en Avenida de Las Palmeras a la red de 250 mm FD y en la proximidad de la calle Aries y Géminis a la red de 150 FD.

Saneamiento:

Se instalará una red separativa pluviales de residuales por las calles proyectadas, con diámetro de 315 PVC (color teja) para las residuales y utilizando el mismo material para las aguas de lluvia, instalando pozos de registro cada 50 m como máximo y en todas las intersecciones y quiebros de calles.

Los imbornales estarán situados cada 25 m y conectados a la red con tubería de 200 PVC.

Por las aceras se instalará una red de 200 PVC (color teja) quedando registrados los puntos de conexión para cada parcela mediante arquetas de 30 x 30 cm. Igualmente quedarán registradas las aguas pluviales que se originen en las futuras edificaciones (cubiertas y patios) y conectadas a la red para tal fin.

Puntos de conexión: los puntos de conexión a la red de saneamiento son conformes, enviando las pluviales al barranco próximo a la urbanización.

Las instalaciones y conexiones serán ejecutadas por el Promotor y se avisará a Teidagua con antelación para supervisar las obras.

Alumbrado público:

Los modelos de las luminarias a instalar deberán estar homologados por el Instituto Astrofísico de Canarias.

La interdistancia de puntos de luz será como mínimo de 25-30 metros. Se dispondrá de forma unilateral o al tresbolillo.

Se colocarán columnas de 10/5 m de altura y equipo de 70/100 w de sodio de alta presión.

En el replanteo y durante la ejecución de dichas instalaciones, con el fin de evitar posibles problemas a la hora de la Recepción de las obras por el Ayuntamiento, se deberá contactar con esta Administración para supervisar que las obras se ejecutan conforme a la normativa municipal.

Deberá tramitarse el proyecto técnico ante la Consejería de Industria para su autorización, y en el Instituto Astrofísico de Canarias.

La instalación deberá ser ejecutada por Instalador Autorizado y en cumplimiento con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (Decreto 2.413/1973, de 20 de septiembre, y Real Decreto 2.295/1985, de 9 de octubre).

Una vez ejecutadas las instalaciones se deberá tramitar el boletín de la instalación eléctrica (debidamente diligenciado por la Consejería de Industria) en la compañía suministradora, en coordinación con el Ayuntamiento, para la posterior contratación del suministro. Los gastos que se ocasionen en la tramitación del expediente correrán a cargo del promotor.

Vías:

En los cruces de vías, los pasos de peatones se ejecutarán a cinco (5) metros de la alineación perpendicular, por lo que deberá corregirse esta deficiencia en los planos.

Los imbornales que queden cerca de vados y pasos de peatones, se colocarán aguas arriba de éstos.

Se deberá especificar el uso de los denominados viales peatonales y rodados del proyecto. Si se trata de vías peatonales con acceso restringido de tráfico, se aportará planta de tráfico corregida con la señalización correspondiente a este uso y con los vados para vehículos correspondientes.

El vial peatonal rodado de mayor longitud de este proyecto no acabará nunca en la calzada sino en la acera de la calle, por lo que deberá corregirse este aspecto en los planos de proyecto. En el tramo que resta hasta la calzada se desarrollará el vado para acceso de vehículos.

En el tratamiento de estos viales peatonales-rodados se tendrá en cuenta el doble uso y se dividirá en dos franjas longitudinales, la de acceso de vehículos tendrá acabado asfáltico, y la otra que englobará la línea de alcorques y el 1,5 m restante tendrá uso exclusivo peatonal. El acabado no será solera de hormigón, por lo que ha de modificarse este aspecto del proyecto.

Las canalizaciones se ejecutarán conforme a las Ordenanzas de calas y canalizaciones municipales aprobadas el 29 de junio de 1994, situándose a la profundidad mínima que se indica a continuación:

- Electricidad alta tensión: 1,20 m.

- Electricidad baja tensión: 0,80 m.

- Alumbrado público y tráfico: 0,40 m.

- Agua potable: 1,00 m.

Se observará lo contenido en la Ley Canaria de Accesibilidad (Ley 8/1995, de 6 de abril) referente a la eliminación de barreras arquitectónicas.

Ámbito del parque:

El cerramiento del parque será opaco hasta una altura de un (1) metro y con verja o vegetación hasta un máximo de dos metros veinte (2,20) centímetros medidos desde la rasante de la calle o espacio libre público. Deberá presentarse detalle de los muros de cerramiento, tanto de los que dan a vía pública como los colindantes con otras parcelas de uso público o privado.

Deberá presentarse detalle de las rampas del parque tanto la de acceso como de la que se encuentra interior al mismo, en cuanto a pendientes, materiales a emplear y barandillas de seguridad.

Deberán presentarse detalles de pavimentación, bordillos y remates de jardines.

La promotora debe colocar en la obra un cartel -que le será facilitado en las Dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo- visible desde la vía pública e indicativo del número y fecha del Acuerdo de aprobación del Proyecto de Urbanización. A dicho cartel se le sacará una foto que se entregará en esta Administración, para su archivo en el expediente.

Quinto.- Requerir a la entidad promotora para que deposite fianza por importe de ciento dieciséis mil doscientos veinticinco euros con cuarenta y ocho céntimos (116.225,48 euros) como garantía de la correcta ejecución de las obras de urbanización proyectadas. El depósito de la fianza debe hacerse efectivo en la Intervención-Tesorería de esta Gerencia Municipal de Urbanismo.

Sexto.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en el de la Provincia, publicándose en este último el texto íntegro de la normativa y ordenanzas que serán de aplicación en el ámbito del Sector de Suelo Urbanizable La Cuesta 3, así como notificar a los interesados y dar traslado del mismo al Servicio de Licencias y al de Intervención-Tesorería de esta Gerencia, y a las empresas Emelsa y Teidagua."

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del mismo, o bien, podrá impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.

San Cristóbal de La Laguna, a 18 de noviembre de 2005.- El Consejero Director, Francisco Gutiérrez García.



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