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BOC Nº 024. Viernes 3 de Febrero de 2006 - 328

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

328 - Dirección General de Desarrollo Agrícola.- Anuncio de 20 de enero de 2006, relativo a notificación de la Resolución de 3 de junio de 2005, de este Centro Directivo, por la que se modifican determinados datos del Registro Vitícola.

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Siendo desconocidos los interesados en el procedimiento de modificación de determinados datos del Registro Vitícola, procede la notificación de la Resolución nº 1391, de 3 de junio de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola, por la que se modifican determinados datos del Registro Vitícola, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo lo expuesto esta Dirección General de Desarrollo Agrícola

R E S U E L V E:

Notificar a los interesados lo siguiente:

"Visto el informe propuesta del Servicio de Producción y Registros Agrícolas y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Realizadas las tareas para la actualización del Registro Vitícola, se comprueba que las parcelas 1019 y 1032 del polígono 19 del municipio de Güímar no se encuentran correctamente inscritas en dicho Registro Vitícola, ya que agrupa diversas parcelas urbanas en dos parcelas vitícolas y la superficie ocupada por el viñedo es errónea. Una vez comprobada en campo, se corrige la superficie del cultivo y la titularidad asociada a cada parcela según los datos que figuran en el catastro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que mediante el Reglamento (CEE) nº 2392/1986, del Consejo, de 24 de julio de 1986, relativo al establecimiento del Registro Vitícola Comunitario, los Estados miembros crean en su respectivo territorio un Registro Vitícola Comunitario.

Que el mismo Reglamento establece en su artículo 3.1: "Los Estados miembros garantizarán la conservación de los datos que figuren en el registro ...".

Segundo.- Que el Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, establece en su artículo 7.b) que la gestión del Registro Vitícola corresponde a la Dirección General de Desarrollo Agrícola.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar los datos del Registro Vitícola que afectan a la superficie ocupada por el viñedo en los términos que se relacionan en el anexo.

Segundo.- Los datos consignados en el anexo se incorporarán a la Ficha de Explotación Vitícola que corresponda.

Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la advertencia de que contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.-Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2005.- El Director General de Desarrollo Agrícola, Celestino Suárez Espino."

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 2006.- El Director General de Desarrollo Agrícola, Celestino Suárez Espino.

Ver anexos - página 2312

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