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BOC Nº 023. Jueves 2 de Febrero de 2006 - 323

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Sebastián de La Gomera

323 - EDICTO de 27 de diciembre de 2005, relativo a notificación de resolución dictada en el juicio verbal LEC. 2000 nº 0000012/2005.

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En el juicio verbal LEC. 2000 0000012/2005 que se tramita en este Juzgado, promovido por D./Dña. Lili Estrella Piñero Correa, frente a D./Dña. Ingo Neugebaner, sobre desahucio, por resolución dictada en el día de hoy de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha declarado la rebeldía de a parte demandada, al no haber podido ser localizado el domicilio del demandado.

Lo que se notifica por edictos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 156.4 de la LECn, con la advertencia de que no se volverá a practicar ninguna otra notificación, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso y cuyo fallo dice:

FALLO: estimar la demanda por desahucio por falta de pago, que el procurador de los Tribunales D. Humberto Montelongo Delgado, en nombre y representación de D./Dña. Lili Piñero Correa interpuso respecto a D. Ingo Neugebauger.

Se resuelven ambos contratos de arrendamiento, se decreta el desahucio del demandado y se le condena al pago de 9.885 euros y de las costas procesales.

Que el día del lanzamiento del demandado será justo al mes contado desde la fecha de la notificación de esta sentencia.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días desde la notificación en este órgano judicial para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: la anterior sentencia ha sido leída dada y publicada por el Juez sustituto de Primera Instancia e Instrucción Dña. Reyes Margarita Quintero Fernández, hallándose celebrando audiencia pública el día de su fecha. Doy fe.

Dado en San Sebastián de La Gomera, a 27 de diciembre de 2005.- El/la Secretario Judicial.

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