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BOC Nº 004. Jueves 5 de Enero de 2006 - 76

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - AdministraciónLocal Cabildo Insular de Tenerife

76 - ANUNCIO de 16 de diciembre de 2005, por el que se hace pública la Resolución de 28 de noviembre de 2005, que incoa expediente de declaración de Zona Arqueológica, a favor de Rasca, sita en el término municipal de Arona.

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Con fecha 28 de noviembre de 2005, el Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico, Museos y Deportes de este Excmo. Cabildo Insular ha dictado, entre otras, la siguiente Resolución:

"Visto el expediente de declaración de Zona Arqueológica, a favor de Rasca, sita en el término municipal de Arona, Bien de Interés Cultural por ministerio de la Ley, y

Resultando que, por Resolución de 16 de mayo de 1995, del Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, se incoa expediente de declaración de Zona Arqueológica a favor de Rasca, sita en el término municipal de Arona, Bien de Interés Cultural por ministerio de la Ley, siendo declarada como tal en virtud del Decreto 167, de 24 de julio de 2000, del Gobierno de Canarias.

Resultando que, con fecha 29 de abril de 2004, se dicta por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias la Sentencia nº 399, por la que se declara caducado el expediente administrativo de declaración de Zona Arqueológica a favor de Rasca y que esta caducidad, de acuerdo con lo que la Ley establece para estos casos, ha de entenderse con efectos retroactivos del mes de enero de 1997, mes y año en que finalizan los veinte meses previstos en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, por la que fue tramitado el expediente de referencia para que se produjese la declaración que se pretendía.

Resultando que, en virtud de lo dispuesto en el artº. 21.2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, en cuanto al plazo legal para volver a incoar un expediente caducado, establecido en tres años, y dado que dicho plazo se habría cumplido en enero de 2000, la Sección Técnica de la Unidad de Patrimonio Histórico eleva a dictamen de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico la propuesta de nueva incoación de expediente de declaración de Zona Arqueológica, a favor de Rasca (término municipal de Arona), así como la correspondiente delimitación para la misma.

Resultando que la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, en sesión ordinaria, celebrada el día 17 de noviembre de 2005, dictamina favorablemente la incoación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica a favor de Rasca, sita en el término municipal de Arona, con la delimitación del entorno de protección propuesta por la Sección Técnica de la Unidad de Patrimonio Histórico.

Considerando que, según el artº. 2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, el Patrimonio Histórico de Canarias está constituido por los bienes muebles e inmuebles que tengan interés histórico, arquitectónico, artístico, arqueológico, etnográfico, paleontológico, científico o técnico.

Considerando que, según el artº. 18.1.e) de la citada Ley, los bienes inmuebles declarados de interés cultural lo serán con arreglo a alguna de las categorías que figuran en dicho artículo, siendo una de ellas la de Zona Arqueológica, que es el lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles representativos de antiguas culturas.

Considerando que, según el artº. 21.1 de la indicada Ley, en todo caso, la tramitación incluirá audiencia a los interesados y se someterá a información pública, recabándose asimismo el dictamen de al menos dos de las instituciones previstas en el artº. 14.

Considerando que, según el artº. 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Considerando que esta Consejería Insular ostenta las competencias en materia de Patrimonio Histórico en virtud de la atribución conferida mediante acuerdo plenario de fecha 30 de junio de 2003.

Es por lo que,

R E S U E L V O:

1º) Incoar expediente para la declaración de Zona Arqueológica a favor de Rasca, sita en el término municipal de Arona, Bien de Interés Cultural por ministerio de la Ley, según la delimitación gráfica y escrita, justificación de esta delimitación y descripción que figuran en los anexos I y II que acompañan a la presente Resolución.

2º) Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las normas en vigor.

3º) Significar al Ayuntamiento de Arona, los efectos que conlleva la declaración de Zona Arqueológica a favor de un bien de interés cultural, de conformidad con lo establecido en el artº. 20.1.2 y 3 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

4º) Ordenar la notificación de esta Resolución a la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias a fin de promover su anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural y al Ayuntamiento de Arona, a los efectos oportunos.

5º) Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias."

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 2005.- El Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico, Museos y Deportes, Miguel Delgado Díaz.

A N E X O I

EXPEDIENTE: Bien de Interés Cultural.

CATEGORÍA: Zona Arqueológica.

A FAVOR DE: Rasca.

MUNICIPIO: Arona.

DELIMITACIÓN

La delimitación se ajusta a la siguiente descripción: el punto de origen se sitúa en un promontorio ubicado en el extremo sur de la ensenada costera conocida como El Callaito, al O del Bien de Interés Cultural, con coordenadas U.T.M. (332.225; 3.100.067), desde donde prosigue en línea recta, hacia el SE, hasta intersectar una pista en el punto con coordenadas U.T.M. 332.793; 3.099.771. Prosigue por el eje de la pista en dirección SO hasta alcanzar una bifurcación, U.T.M. 332.777; 3.099.747, y, desde aquí, siguiendo el eje, se dirige hacia el SE hasta el punto con coordenadas U.T.M. 332.812; 3.099.689, en el que nace un muro en dirección E. El límite continúa por este muro hasta alcanzar el punto U.T.M. 332.861; 3.099.694, del que parte hacia el SE por una pista. Prosigue por ésta hasta la intersección con otra pista (U.T.M. 333.031 y 3.099.480), por la que se dirige en dirección NE hasta el punto de coordenadas U.T.M. 333.266; 3.100.181 en el que intersecta con otra pista en sentido E-O y sigue más al N, hasta el punto U.T.M. 333.265 y 3.100.218. Continúa hacia el O tocando los puntos U.T.M. 333.170 y 3.100.209; 333.010 y 3.100.222; 332.916 y 3.100.208; 332.895 y 3.100.216; 332.872 y 3.100.217; 332.850 y 3.100.209 intersectando con una pista en dirección N-S en el punto U.T.M. 332.835 y 3.100.217 y continuando hacia el O hasta llegar al punto U.T.M. 332.825 y 3.100.221. Luego prosigue hacia el N por los siguientes puntos U.T.M.: 332.823 y 3.100.242; 332.821 y 3.100.276; 332.821 y 3.100.398; 332.814 y 3.100.420; 332.792 y 3.100.447 para intersectar en el punto 332.803 y 3.100.460 en una pista. A partir de aquí el límite continúa en dirección NE, hasta el punto 333.177 y 3.100.564 y parte, bordeando Montaña La Caraba pasando por el punto U.T.M. 333.284 y 3.100.683 hasta el punto 333.377 y 3.100.725, y sigue prolongándose hacia el E por los puntos U.T.M. 333.490 y 3.100.711, y 333.576 y 3.100.716 donde contacta con una pared de cerramiento. Continúa por el muro en dirección SE hasta intersectar con un camino en el punto U.T.M. 333.635 y 3.100.597 y, luego, prosigue en dirección NE, por el eje de esta pista, hasta conectar con la curva de nivel de los 50 m.s.n.m., en el punto con coordenandas U.T.M. 333.823 y 3.101.102. Desde aquí el límite se ajusta a la citada isohipsa en dirección NE, E y SE, y bordeando la base de la montaña. Aguzada por su flanco oriental hasta alcanzar el punto con coordenadas U.T.M. 334.107 y 3.100.369 en el extremo SO de la citada montaña. Desde este punto parte en dirección O pasando por el punto de coordenadas U.T.M. 334.068 y 3.100.370 y por el punto U.T.M. 334.941 y 3.100.294 donde contacta con otro camino, y continúa en la misma dirección hasta intersectar con una pista en el punto U.T.M. 333.941 y 3.100.249, justo en el lugar donde este se bifurca.

Luego continúa por esta bifurcación en dirección SO por el eje de la pista hasta el punto U.T.M. 333.713 y 3.100.188 y luego sigue por la cota de los 75 msm hasta coincidir en el punto 333.698 y 3.100.182 y con el límite del Espacio Natural en dirección S pasando por el punto U.T.M. 333.867 y 3.099.870, hasta la intersección con una pista en el punto 333.874 y 3.099.796 de donde parte, siguiendo el eje del camino en dirección SE hasta el punto U.T.M. 333.996 y 3.099.781. De aquí parte, siguiendo la misma dirección SE, hasta el punto de coordenadas 334.226 y 3.099.605 donde entra en contacto con la pista asfaltada que va al Faro de Rasca, en dirección S, por la que prosigue, por su eje, hasta el punto U.T.M. 334.017 y 3.098.976. De aquí parte en dirección SE hasta el punto U.T.M. 334.172 y 3.098.726 en el que contacta con otro camino. Sigue hacia el sur por el eje de éste hasta enlazar con el límite del Espacio Natural (en el punto U.T.M. 334.110 y 3.098.492) y sigue por él hasta el mar. La delimitación se cierra por la línea de la bajamar escorada hasta el punto de origen.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN

La delimitación del ámbito de protección propuesto se justifica por la necesidad de protección y conservación que demanda un territorio en el que convergen valores culturales y naturales de gran singularidad. En el municipio de Arona, tres entornos diferentes, actualmente con protección medioambiental, el Malpaís de Rasca, La Laguneta y el conjunto formado por la Montaña y Mesas de Guaza destacan no sólo por sus notables condiciones medioambientales en época aborigen: un malpaís, zona de pasto de invierno del ganado y marisqueo en verano; una zona lagunar anexa y un entorno de sabinar en las Mesas y Montaña de Guaza, del que hoy apenas se conservan relictos puntuales en sus laderas; sino también por concentrar la mayor parte de las evidencias arqueológicas dentro del municipio.

Como ejemplo de las peculiares condiciones ambientales que han caracterizado este espacio, se encuentra el cráter hidromagmático de La Laguneta, en el que periódicamente se acumulaba agua tras las esporádicas, pero intensas, lluvias invernales. Esta circunstancia excepcional en las áridas tierras del sur de la isla explica la concentración del asentamiento humano en sus proximidades, como reflejan los yacimientos arqueológicos localizados en su entorno, destacando varias cabañas aborígenes en el borde superior de esta caldera natural.

También el amplio malpaís sufrió una importante presión antrópica en época prehistórica, cuya magnitud se refleja en los numerosos yacimientos y conjuntos arqueológicos localizados en este espacio geográfico. La importancia arqueológica del Malpaís de Rasca queda claramente demostrada con la documentación de más de una treintena de fondos de cabañas, normalmente en puntos con buena visibilidad, asociables a prácticas de pastoreo para control de los rebaños, talla de obsidiana y basalto, etc.

Además se han documentado varios concheros, importantes concentraciones de conchas de lapas, burgados, clacas, etc., en torno a una pequeña elevación del terreno situada a pocos metros de la línea de costa. Muchas de estas concentraciones se encuentran repartidas por toda la costa, entre la Cueva de La Rasca y Punta del Faro, como pruebas de una actividad recolectora sistemática anterior a la conquista de la isla. El estado de conservación actual está directamente vinculado a los usos tradicionales documentados por F. Sabaté Bel. Lo atestigua el número de restos modernos en superficie: objetos metálicos varios, vidrios y fragmentos de cerámica popular, algunos procedentes del alfar de S. Andrés, que refrenda la existencia de un modo de vida tradicional subreciente en el lugar.

Teniendo en cuenta los resultados extraídos de los trabajos de Prospección-Inventario Arqueológico del territorio limitado por la autopista del sur TF-1, carretera C-822 y C-820 de los municipios del sur y oeste de Tenerife se ha llegado a la conclusión de que no existía un hábitat estable en las zonas de costa y los enterramientos se efectuaban mayoritariamente en las zonas de medianías de hábitat permanente o, bien, existieron otras pautas funerarias diferentes no constatadas aún adecuadamente como un enterramiento en túmulo que Bethencourt Afonso (1912/1994) señala a partir de información oral en Las Galletas (Arona). En los municipios prospectados, los yacimientos funerarios se concentran básicamente en cuevas naturales en los cauces de los barrancos, pero aparte del Barranco de la Orchilla, entre Granadilla y San Miguel de Abona, no han podido localizarse conjuntos significativos, probablemente por ser el tipo de yacimiento más sometido a expolio, con ejemplos aislados de enterramientos individuales o de pocos cadáveres en función de las pequeñas dimensiones de las cuevas, como en el Barranco del Saltadero (San Miguel de Abona), Barranco del Tapado o Aguadulce (Granadilla) y Montaña La Caraba (Arona). La completa excepcionalidad de un conjunto funerario, formado por dos cuevas con abundantes restos óseos, localizado en la Montaña de La Caraba exige la protección de este área y la realización de una excavación de urgencia o recuperación de sus evidencias óseas superficiales.

Una interesante categoría sólo presente en el municipio de Arona, y específicamente en el Malpaís de Rasca, es la existencia de salinas con pequeñas cubetas rectangulares o circulares excavadas en la tosca, junto a la costa, de las que han podido documentarse 10 estaciones, cuatro de las cuales han sido objeto, en los últimos años, de trabajos de excavación dirigidos por C. del Arco y R. González Antón.

No obstante, la importancia de Rasca como Zona Arqueológica no sólo se restringe al importante patrimonio prehistórico que alberga, sino que, por la continuidad de ocupación del territorio en épocas posteriores a la conquista, se desarrollaron en la zona toda una gama de actividades tradicionales de subsistencia características de los ambientes áridos del sur de la isla, cuyas huellas materiales persisten sobre el terreno: pastoreo invernal, pastoreo de suelta, cultivos tradicionales de secano, cultivos de tomates bajo regadío, pesca y recolección marina, pardeleo, recolección de sal, fabricación de cal y explotación de plantas barrilleras. Asociadas a estas actividades se localiza un amplio conjunto de vestigios materiales que por su naturaleza han de ser estudiados mediante metodología arqueológica.

Entre los justificantes concretos para la delimitación propuesta, se señalan los siguientes:

El espacio propuesto acoge la totalidad de los yacimientos arqueológicos existentes en el ámbito del Malpaís de Rasca, entendidos como vestigios materiales de actividades humanas pretéritas e incluyendo, por tanto, restos prehistóricos e históricos, así como aquellas estructuras que han experimentado un proceso de reutilización continuado desde épocas anteriores a la conquista.

El límite propuesto mantiene una zona de protección en torno a los yacimientos y principales manifestaciones culturales documentadas en Rasca, a la vez que acoge un espacio geográfico que no ha sufrido una degradación demasiado intensa, de manera que las alteraciones antrópicas existentes han sido fruto de las actividades tradicionales desarrolladas en la zona y poseen un importante valor arqueológico, histórico, cultural, etnográfico y patrimonial, cuya protección y conservación se persigue con la declaración de B.I.C.

Se trata de una zona de alto valor natural, avalado por el hecho de que parte del ámbito de protección propuesto se encuentra incluido en la Reserva Natural Especial del Malpaís de la Rasca, mientras que el resto es clasificada por el PIOT como Área de Regulación Homogénea Natural, con la subcategoría de Malpaís. Estas áreas se definen por su alto interés geomorfológico, ecológico y/o paisajístico, sin haber sufrido transformaciones relevantes y cumpliendo un papel fundamental en la conservación de los recursos naturales y de la calidad de vida, requiriendo especial protección e intervenciones de conservación y mejora. En este sentido, la delimitación propuesta pretende aunar los sectores de mayor valor natural y mejor grado de conservación con los que acogen las manifestaciones culturales, arqueológicas y etnográficas de mayor interés, calidad e importancia.

DESCRIPCIÓN

La Zona Arqueológica de Rasca ocupa un amplio espacio geográfico en el extremo meridional de la isla de Tenerife. Se trata de un gran campo de lavas escoriáceas de naturaleza rugosa que se extiende hasta la costa, y un conjunto de volcanes y pequeños conos de escorias -entre los que destacan Montaña Gorda, Montaña La Caraba y Montaña Pardela-, todos ellos de composición basáltica y asignables a la Serie III. Destaca el edificio hidromagmático de La Laguneta, de edad cuaternaria, semejante en dimensiones a otros próximos (Montaña Amarilla, Montaña Pelada) se originó como consecuencia de un tipo de erupción altamente explosiva debido a la presencia de vapor de agua procedente del mar. Su morfología en anillo, con un borde de escasa altura en el que destacan las eminencias de Montaña Aguzada, Montaña Rodezno de Arriba, Rodezno de Abajo y Montaña La Caraba, obedece al vaciamiento del lago de lava formado en su interior durante el proceso eruptivo. En épocas posteriores, la acumulación de sedimentos terrígenos en su fondo propició su impermeabilización y la génesis de una laguna que ocupaba el cráter, al ser alimentada por las aguas pluviales.

La cubierta vegetal representa una excelente muestra de hábitat xérico característico de las zonas bajas y dominado por cardones (Euphorbia canariensis) y tabaibas dulces (Euphorbia balsamifera). La Tabaiba amarga (Euphorbia obtusifolia sp. regis jubae), el cardoncillo (Ceropegia fusca), verodes y otras especies endémicas completan el cortejo florístico del lugar.

Desde el punto de vista paisajístico, se trata de un entorno caracterizado por una morfología llana, dominada por las coloraciones ocres y marrones oscuras de las lavas escoriáceas basálticas, que contrastan con los tintes verdes proporcionados por el cardonal-tabaibal. La planicie es rota por el gran aparato volcánico de Montaña Gorda, de pendientes acusadas y forma cónica, así como por el cráter de herradura de Montaña La Caraba y el edificio de menores dimensiones de Montaña Pardela. Sobre el malpaís se distinguen pequeños afloramientos y mogotes lávicos, así como túmulos y hornitos.

Entre los vestigios materiales documentados sobresale la presencia de un número considerable de núcleos de cabañas y rediles de diversa entidad repartidos por todo el territorio, si bien son más frecuentes y poseen una mayor concentración y mejor estado de conservación en la franja costera. Conforman un área de asentamiento con más de cincuenta conjuntos de estructuras. La mayoría de ellos responde a un modelo de hábitat de superficie (justificado por la ausencia de cuevas naturales adecuadas para la ocupación humana en la zona), definido como "cabañas" y apareciendo como solución adaptativa a una ocupación estacional del territorio y a la imposibilidad de adoptar otros modelos de asentamiento.

Las características arquitectónicas de estas cabañas son similares a las de otros conjuntos aborígenes de superficie de la isla, con plantas variadas, aunque predominando la tendencia circular-oval, y un único espacio habitacional, si bien hay conjuntos de diseños más complejos con paredes medianeras, recintos lobulares y plantas de tendencia rectangular. Los muros son de piedra seca con alzados irregulares que, en ocasiones, presentan un número escaso de hiladas, mientras que en otras, la mayor altura revela una reutilización histórica que ha mantenido la tipología y diseño primitivos. En algunos casos, los muros han sido desmantelados, apareciendo sobre el entorno inmediato las huellas del derrumbe. El acceso al interior corresponde a la interrupción de la estructura de los muros, sin que pueda observarse el uso de jambas o dinteles, entre otras cosas debido a la pérdida de las cubiertas.

El repertorio ergológico que acompaña a estas construcciones está integrado por abundantes detritus alimenticios, particularmente restos de malacofauna -llegando a configurar depósitos de cierta entidad o "concheros"-, así como restos de ictiofauna y fauna terrestre. Se aprecia, asimismo, abundante material cerámico elaborado a mano y a torno, así como material lítico, de naturaleza basáltica y obsidiánica.

Estas estructuras tendrían una función habitacional, complementada con un uso como redil para el ganado, refugios temporales, paraderos pastoriles o, incluso, con una posible función ritual, todo ello en concordancia con los conocimientos actuales sobre el pasado prehistórico de Tenerife y con el repertorio arqueológico observado en otras zonas de la isla. No obstante, el proceso de reutilización continuado de este espacio geográfico hasta fechas recientes supondría una permanente reconstrucción de algunas de las estructuras citadas, asociadas a usos históricos como el pastoreo, la explotación de recursos marinos, la actividad agrícola o la producción de sal y barrilla.

La explotación de recursos marinos se pone de manifiesto por la existencia de cuatro grandes acumulaciones de caparazones de moluscos marinos y restos malacológicos -conocidos como "concheros"-, que aparecen asociados a otras estructuras y construcciones. Se localizan en Punta de la Rasca, Punta de El Caballo, Faro de Rasca y al pie de Montaña La Caraba, si bien los restos malacológicos aparecen dispersos por amplias zonas del malpaís, especialmente en la franja litoral.

Por último, en la cara interna del antiguo cráter de Montaña La Caraba, orientada hacia el oeste, aparece un yacimiento sepulcral conformado por varias oquedades naturales con restos de huesos humanos dispersos, algunos extendidos por la ladera de la montaña, así como material cerámico, lítico y malacológico.

En relación con los usos tradicionales de la Zona de Rasca, aparecen construcciones que revelan la explotación continuada de este territorio. Así, relacionados con el pastoreo se han localizado más de una decena de rediles en la zona del malpaís, así como una treintena de goros y otros tantos corrales. La alta concentración de estos últimos en el hito geográfico da el nombre a Montaña Corrales. En la base de la Montaña La Caraba se ha documentado un encerradero, cueva excavada de grandes dimensiones en cuyo exterior se abre un amplio patio delimitado por un muro de piedra seca levantado a considerable altura. La parte inferior de la pared tobácea se pintó de blanco, con el objeto de que no se "descascarillara" el postrato pumítico por el roce de los animales contra las paredes.

Existen además otro tipo de estructuras constructivas relacionadas con la captación de agua: un pozo, pocetas, maretas; una charca de grandes dimensiones localizada en la base de Montaña Gorda. Se trata de un recinto rectangular, de considerable profundidad, encalado. Relacionado con éste y con la captación y distribución del agua se conservan varios elementos como por ejemplo, atarjeas, piletas, etc. El agua se utilizaba para el riego de los bancales dedicados al cultivo del tomate, hoy abandonados. Se han localizado dos aljibes, uno localizado en la base de Montaña Gorda, etc.

Asociados a la explotación de la barrilla para la industria química se han catalogado siete hornos en la zona del malpaís. Éstos presentan planta circular de medianas dimensiones y escaso alzado. Las piedras que delimitan el perímetro muestran evidencias de alteración térmica que otorga una coloración blanquecina a la cara interior de las mismas.

Se han localizado cuatro hornos de cal. Las evidencias materiales localizadas se limitan, en ocasiones, a un pequeño montículo en el que se insinúa una hilera de piedras que delimita un espacio circular aproximadamente de 2 metros de diámetro. Las piedras que delimitan la estructura presentan evidencias en la cara interna de una fuerte rubefacción. En las inmediaciones se localizan restos de cal dispersas.

La producción de la sal fue otra de las actividades que se llevaron a cabo en época estival en el Malpaís de Rasca. De su explotación nos quedan en la línea de costa abundantes pocetas naturales o artificiales excavadas sobre pumitas y arenas cementadas cuya finalidad era la de facilitar la evaporación del agua marina y así conseguir la precipitación de la sal. Fueron realizadas mediante el rebaje del sustrato más blando para conformar espacios de diseño rectangular o circular que, en ocasiones, van asociados a canales que las interconectan o de desagüe. Su función ha sido atribuida a la explotación de recursos marinos, extracción de sal y elaboración de barrilla o gofio de vidrio. No obstante, no debe descartarse para ellas una posible filiación anterior. Se documentan cuatro grupos de pocetas, localizados en Punta de la Rasca, norte de Punta de El Caballo, al pie del Faro de Rasca y en la playa del Faro.

Estos usos afectaron también a las formaciones naturales de las zonas de bajíos y charcos supralitorales, charcos primarios empleados como calentadores en la producción de sal, con lo que esta zona de costa cobra un valor patrimonial natural añadido.

La actividad agrícola ha propiciado la pervivencia de numerosas estructuras asociadas, entre las que destacan, además de los antiguos bancales, la red de atarjeas, en cuya construcción se empleó materia prima del entorno; así como las diversas maretas naturales, algunas de las cuales cuentan con muros que facilitan la contención del agua.

Con la denominación de cuarterías se conoce a las construcciones que se levantaron con el fin de acoger a los peones contratados para la zafra de tomates. Se trata de viviendas dispuestas en hilera en una sola planta, los cuartos están construidos con bloques de cantería de teja inglesa o árabe o uralita. En este caso se construyeron dos edificios paralelos, muy similares entre sí. La unidad de explotación constituida por la finca de la familia Calzadilla contaba con numerosos elementos de interés relacionados con la actividad productiva que en este sitio se llevaba a cabo. En este caso nos ocupamos del empaquetado, lugar donde se procesaban los tomates para su distribución y comercialización. En el exterior se encuentra aún lo que queda del antiguo camión que transportaba los tomates desde la finca hasta el salón.

Por último, han de ser señaladas las edificaciones asociadas al antiguo Faro de Rasca, finalizado hacia 1898 ó 1899 y los restos de un horno de cal, situado en sus proximidades, levantado para suministrar el material constructivo de las anteriores. La tipología del edificio del faro es de planta rectangular, realizada en mampostería y con adornos de sillería en las esquinas y una torre, que apenas rebasa la azotea. Toda la zona litoral se halla recorrida por un sendero, interrumpido a veces en cortos tramos, del que parten ramales que conectan las construcciones y bajíos costeros.

Ver anexos - página 423

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