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BOC Nº 002. Martes 3 de Enero de 2006 - 5

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

5 - DECRETO 230/2005, de 27 de diciembre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 103/2002, de 26 de julio, que regula la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Decreto 103/2002, de 26 de julio, por el que se regula la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, en sus artículos 6, 9 y 10, establece que el Consejo Rector será el órgano superior de dirección, que el Director contará con el asesoramiento de un Comité Científico de ocho miembros nombrados por el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y que la evaluación y acreditación que corresponde desarrollar a la Agencia deberá, en todo caso, realizarse por Comités de Expertos designados por el Director.

A tenor de los artículos 44.1 y 45.1 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, modificado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo, tendrán derecho a la percepción de indemnizaciones en concepto de asistencia, quienes concurran a reuniones de órganos colegiados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los efectos de la percepción de asistencias éstos se encuadran en alguna de las 5 categorías que se determinen por el departamento competente conforme a la Orden de 29 de noviembre de 1989, por la que se complementa la de 20 de septiembre de 1989, sobre la clasificación de órganos colegiados a efectos de percepción de asistencias.

El referido Decreto 103/2002 no refleja la categoría a la que pertenecen dichos órganos colegiados, por lo que es necesaria su inclusión conforme al artículo 45.2 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, modificado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Justicia y de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 27 de diciembre de 2005,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se añade una Disposición Adicional al Decreto 103/2002, de 26 de julio, por el que se regula la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, con el siguiente contenido:

"A los efectos de percepción de indemnizaciones por razón del servicio que puedan corresponder a sus miembros, el Consejo Rector se encuadra en la categoría segunda, y el Comité Científico y los Comités de Expertos, en la categoría tercera de las previstas en el apartado 1 del artículo 46 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre."

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de diciembre de 2005.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

EL CONSEJERO DE

PRESIDENCIA Y JUSTICIA,

José Miguel Ruano León.

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