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Por Resolución de esta Dirección General de 17 de octubre de 2005, se inicia la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Trabajadores Sociales en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 210, de 26.10.05).
Dicha Resolución fue objeto de rectificación de errores materiales por Resolución también de este Centro Directivo de 17 de noviembre de 2005 (B.O.C. nº 232, de 25.11.05).
No obstante, se han detectado dos nuevos errores materiales en el texto y en el anexo I de la citada Resolución.
El primero de ellos, al omitirse en la convocatoria una plaza que viene siendo ocupada en situación de reingreso provisional en la Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura.
La inclusión de la misma resulta obligada en aplicación de los criterios para la cuantificación de las plazas a ofertar en la fase de provisión, contenidos en la propia convocatoria de proceso extraordinario, y en el Pacto entre la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y las organizaciones sindicales del sector, celebrado el 24 de abril de 2002 en el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad, sobre consolidación de empleo interino y normalización de los procesos de provisión de plazas de personal estatutario en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 62, de 15.5.02).
Por lo expuesto, procede su cuantificación en el apartado Tercero de la Resolución de inicio de la fase de provisión, y su inclusión en el anexo I de la misma.
El otro error se produjo en el citado anexo I, dado que inicialmente no se especificó el ámbito de la plaza ofertada en la Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote, y en la Resolución de 17 de noviembre de 2005 de rectificación de errores materiales se determinó su adscripción a Atención Especializada, cuando debe ser a Atención Primaria. Concretamente, atendiendo a las características de la plaza, y de conformidad con el ámbito que para las de Atención Primaria se define en la convocatoria de proceso extraordinario y en el apartado Tercero de la Resolución que ahora se rectifica, debe aparecer como adscrita a todas las Zonas Básicas del Área de Salud.
La naturaleza de las modificaciones a realizar aconseja que el plazo de un mes para la presentación de solicitudes de participación en la fase de provisión, a que se refiere el apartado dispositivo Séptimo de la Resolución que se rectifica, empiece a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la rectificación de la Resolución indicada en el párrafo primero, en los aspectos afectados por el error material descrito.
En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada,
R E S U E L V O:
Primero.- Rectificar los errores materiales advertidos en el texto y en el anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 17 de octubre de 2005, por la que se inicia la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Trabajadores Sociales en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 210, de 26.10.05) en los siguientes términos:
- En los dos primeros párrafos del apartado dispositivo tercero, donde dice:
"Se ofertan un total de 14 plazas de la categoría de Trabajadores Sociales para su adjudicación en la presente fase de provisión, cuyo ámbito orgánico y territorial figura como anexo I a la presente Resolución.
Dicho número de plazas resulta de adicionar a las convocadas en la fase de selección que figuran en el primer párrafo del apartado 1 de la base quinta de la convocatoria, 1 plaza de personal fijo en comisión de servicios en virtud de lo dispuesto en el apartado 1.b) de la base decimoséptima de la convocatoria."
Debe decir:
"Se ofertan un total de 15 plazas de la categoría de Trabajadores Sociales para su adjudicación en la presente fase de provisión, cuyo ámbito orgánico y territorial figura como anexo I a la presente Resolución.
Dicho número de plazas resulta de adicionar a las convocadas en la fase de selección que figuran en el primer párrafo del apartado 1 de la base quinta de la convocatoria, 1 plaza de personal fijo en situación de reingreso provisional, y 1 plaza de personal fijo en comisión de servicios en virtud de lo dispuesto en las letras a) y b) del apartado 1 de la base decimoséptima de la convocatoria."
egundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.Tercero.- El plazo de un mes para la presentación de solicitudes de participación en la fase de provisión, a que se refiere el Resuelvo Séptimo de la Resolución que se rectifica, empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excelentísima Señora Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de 2005.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.
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