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BOC Nº 241. Lunes 12 de Diciembre de 2005 - 1693

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

1693 - Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 1 de diciembre de 2005, de la Directora, por la que se declara la pérdida de los derechos de participación de Dña. Candelaria Bacallado Trujillo, D. Rafael García Delgado y D. Antonio Mesa Rodríguez en el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Celadores, y se declara en situación de expectativa de destino en el citado proceso a Dña. Carmen Delia Hernández González, D. Pedro Fernández Silva y D. Juan José Santana Bernal.

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Por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 21 de mayo de 2002 (B.O.C. nº 74, de 4.6.02), se convocó proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Celadores en los órganos de prestación de servicios sanitarios del citado Organismo.

Finalizada la fase de selección del referido proceso extraordinario en virtud de Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 13 de mayo de 2005, modificada por otra posterior de 14 de septiembre, este Centro Directivo dictó Resolución de 21 de septiembre de 2005 (B.O.C. nº 193, de 30.9.05), declarando a aquéllos en situación de expectativa de destino. Esta última Resolución fue rectificada por otra posterior de 14 de octubre de 2005 (B.O.C. nº 209, de 25.10.05).

Con fecha 17 de noviembre de 2005, se recibieron en la Dirección General de Recursos Humanos escritos presentados por Dña. Candelaria Bacallado Trujillo, con D.N.I. nº 43.601.999, aspirante del turno libre, y por D. Rafael García Delgado, con D.N.I. nº 42.068.682, del turno de reserva para minusválidos, en el que manifiestan la renuncia a su participación en la fase de selección del citado proceso extraordinario.

Igualmente, con fecha 28 de noviembre se recibió en la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Nuestra Señora de la Candelaria-Ofra escrito presentado por D. Antonio Mesa Rodríguez, con D.N.I. nº 42.030.594 A, aspirante del turno libre, en el que también manifiesta la renuncia a su participación en la referida fase de selección.

Con fechas 25 y 30 de noviembre de 2005, la Dirección General de Recursos Humanos dictó sendas Resoluciones, de las cuales deriva una nueva relación de aspirantes que superan la fase de selección del referido proceso, incluyéndose en la misma a Dña. Carmen Delia Hernández González, con D.N.I. nº 43.783.709, y D. Juan José Santana Bernal, con D.N.I. nº 42.859.151, dentro del turno libre, y a D. Pedro Fernández Silva, con D.N.I. nº 43.260.446, en el turno de reserva para minusválidos, y excluyendo de dicha relación a Dña. Candelaria Bacallado Trujillo y D. Antonio Mesa Rodríguez en el turno libre, y a D. Rafael García Delgado en el turno de reserva para minusválidos.

Como quiera que ya obraba en poder de la Administración documentación presentada por Dña. Carmen Delia Hernández González, D. Juan José Santana Bernal y D. Pedro Fernández Silva, no se consideró necesario requerirles a los efectos de acreditar que reúnen los requisitos señalados en el apartado primero de la base sexta de la convocatoria, por lo que, constatado este extremo, procede declararles en situación de expectativa de destino.

En su virtud, vistas las citadas Resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos de 25 y 30 de noviembre, y en uso de las competencias que me atribuye el artículo 20.1 del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 92, de 14.7.99),

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar la pérdida de los derechos de participación de Dña. Candelaria Bacallado Trujillo, con D.N.I. nº 43.601.999, D. Antonio Mesa Rodríguez, con D.N.I. nº 42.030.594 A, y de D. Rafael García Delgado, con D.N.I. nº 42.068.682, en el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Celadores en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

Segundo.- Declarar en situación de expectativa de destino en el citado proceso a Dña. Carmen Delia Hernández González, con D.N.I. nº 43.783.709, D. Juan José Santana Bernal, con D.N.I. nº 42.859.151, y a D. Pedro Fernández Silva, con D.N.I. nº 43.260.446.

Se entiende por expectativa de destino la situación en que se encuentran los aspirantes que han superado la fase de selección hasta que obtengan, en su caso, un destino definitivo como consecuencia de su participación en la posterior fase de provisión.

La situación de personal estatutario en expectativa de destino no otorga derechos económicos ni derecho al desempeño de una plaza como personal estatutario en las instituciones sanitarias de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, hasta que no se hubiera obtenido plaza definitiva como estatutario fijo mediante la participación y obtención de la misma en la fase de provisión.

El personal con nombramiento estatutario fijo en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, que haya obtenido la situación de expectativa de destino en la misma o en otra categoría y, en su caso, especialidad distinta, seguirá desempeñando provisionalmente la plaza que esté ocupando hasta la obtención definitiva de la nueva por medio de la fase de provisión.

El personal que haya superado la fase de selección, accediendo a la situación de expectativa de destino, y tuviera anteriormente la condición de estatutario temporal, encontrándose ocupando una plaza en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, continuará ocupando esa plaza en las condiciones previstas en la misma, sin perjuicio de que en su caso pudiera obtener otra definitiva como resultado de su participación en la fase de provisión.

Tercero.- Dña. Carmen Delia Hernández González, D. Juan José Santana Bernal y D. Pedro Fernández Silva deberán participar obligatoriamente en la fase de provisión de la categoría en la que han sido declarados en situación de expectativa de destino, en el ámbito del Servicio Canario de la Salud. En caso de no participar en dicha fase, se les considerará decaído de sus derechos, sin que pueda adjudicárseles plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino.

Quienes como consecuencia de su participación en la fase de selección a más de una categoría profesional, o en su caso especialidad, accedieran a la situación de personal estatutario en expectativa de destino en más de una categoría o especialidad, únicamente podrán participar en la fase de provisión de plazas en una sola categoría o especialidad.

Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente, en los términos previstos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de diciembre de 2005.- La Directora, Juana María Reyes Melián.

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