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D. Herminio Maillo Pedraz, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Arona, a 1 de octubre de dos mil cuatro.
Vistos por Dña. Ángeles Pardo Sánchez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Arona los presentes autos de juicio ordinario nº 110/2004 instados por la mercantil Rodelsa Canarias, S.A., representada por el procurador Sra. Navarro Gómez y asistidos del letrado Sra. Carrión, contra Monique Raquel Julienne Van Lao, en rebeldía, sobre resolución de contrato de compraventa.
FALLO:
Desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil Rodelsa Canarias, S.A., representada por el procurador Sra. Navarro Gómez y asistidos del letrado Sra. Carrión, contra Monique Raquel Julienne Van Lao, en rebeldía, sobre resolución de contrato de compraventa, con condena en costas a la demandante.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia estando celebrando audiencia pública la Sra. Juez que la dictó en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Arona, a 2 de noviembre de 2004.- La Juez.- La Secretaria.
DILIGENCIA.- En Arona, a 5 de julio de 2005.
La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha sito entregado a la parte actora para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Doy fe.
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