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BOC Nº 230. Miércoles 23 de Noviembre de 2005 - 4235

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

4235 - ANUNCIO de 10 de noviembre de 2005, relativo a notificación del Decreto que resuelve el recurso de alzada planteado en el expediente sancionador nº TF-40905-04 en materia de transportes.

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Providencia de 10 de noviembre de 2005, del Jefe de Servicio de Carreteras y Transportes, del Decreto de la Presidencia de este Excmo. Cabildo Insular de Tenerife resolutorio de recurso de alzada planteado en expediente sancionador de transportes nº TF-40905-04.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre notificación a interesado intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar al recurrente que se cita el Decreto de la Presidencia de este Excmo. Cabildo Insular de Tenerife de fecha 5 de septiembre de 2005, resolutorio del recurso de alzada planteado en el expediente sancionador de transportes nº TF-40905-04.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día de la publicación del presente Decreto, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Visto escrito presentado por D. Gilberto Heriberto Peraza Vera, en nombre y representación de la entidad mercantil Proyectados Peraza, S.L., por el que se interpone recurso de alzada contra la resolución dictada por el Sr. Consejero Insular del Área de Carreteras y Transportes de fecha 17 de noviembre de 2004 recaída en el expediente de referencia, y,

Resultando: que con fecha y hora 17 de marzo de 2004, 8,45, por la Guardia Civil de Tráfico se formuló denuncia contra el vehículo matrícula TF-9669-BP, del que es titular Proyectados Peraza, S.L. por transportar mil (1.000) kg de yeso desde Tacoronte a Santa Úrsula, careciendo de tarjeta de transportes.

Resultando: que el día 20 de octubre de 2004 se notificó al interesado la citada denuncia y la incoación del expediente sancionador nº TF-40905-O-2004.

Resultando: que por el expedientado no se presentó descargo alguno en defensa de sus intereses.

Resultando: que por el Consejero del Área de Carreteras y Transportes se dictó resolución, que ahora se impugna, de fecha 17 de noviembre de 2004 que venía a sancionar a Proyectados Peraza, S.L. con multa que ascendía a 400,00 euros, por infracción de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 142.25 y 141.13, en relación con la LOTT, artículos 47 y 103 LOTT, artículos 41 y 158 ROTT y en base al artículo 143.1.c) de la Ley 16/1987.

Resultando: que el día 18 de enero de 2005 se publicó la incoación del expediente sancionador nº TF-40905-O-2004 en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma nº 2005/011.

Resultando: que con fecha 15 de marzo de 2005, D. Gilberto Heriberto Peraza Vera, en nombre y representación de Proyectados Peraza, S.L., interpuso recurso de alzada, en súplica de que se deje sin efecto la Resolución y sanción impuesta, alegando lo que entendió conducente a la defensa de sus intereses.

Considerando: que el recurso de alzada ha sido presentado fuera del plazo legalmente previsto en el artículo 115, Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece el plazo de un mes. Ya que publicada la resolución sancionadora dictada por el Sr. Consejero Insular del Área de Carreteras y Transportes el Boletín Oficial de Canarias nº 2005/011, de fecha 18 de enero de 2005, el recurso de alzada ha sido interpuesto en fecha 15 de marzo de 2005, transcurriendo en exceso el plazo otorgado, deviniendo, en consecuencia, firme e inimpugnable la resolución recurrida.

Por la presente, vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, en base a lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento Orgánico de esta Corporación Insular, vengo en inadmitir el recurso de alzada interpuesto por D. Gilberto Heriberto Peraza Vera, en nombre y representación de la entidad mercantil Proyectados Peraza, S.L., por interposición fuera del plazo legalmente previsto, confirmando la Resolución del Consejero Insular del Área de Carreteras y Transportes, de fecha 17 de noviembre de 2004.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo."

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2005.- El Jefe de Servicios de Transportes, Pedro Luis Campos Albarrán.

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