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BOC Nº 230. Miércoles 23 de Noviembre de 2005 - 4229

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4229 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 31 de octubre de 2005, de la Directora, relativo a notificación de requerimiento para justificación de la subvención concedida a la entidad Construcciones Doblajo, S.L.L., en ignorado domicilio.- Expte. nº 01/2002 I + E.

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Habiendo sido intentada la notificación del requerimiento para justificación de la subvención concedida, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que en fechas 12 y 18 de marzo de 2005 fue intentada la mencionada notificación del tenor literal:

En relación con la subvención concedida a la entidad Construcciones Doblajo, S.L.L., con C.I.F. nº B35679547, mediante Resolución del Instituto Canario de Formación y Empleo nº 02-35/3544, de 15 de octubre de 2002, por la contratación indefinida a tiempo completo de dos trabajadores desempleados, al amparo de la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31 de julio), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I + E, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.b) de la citada Orden, las empresas beneficiarias de las subvenciones previstas para I + E vienen obligadas a mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos o socios trabajadores, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa antes de transcurrido el plazo de un mes está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada, sin que dicha contratación dé lugar a una nueva subvención.

Por lo expuesto, se le requiere para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, presente en el Servicio Canario de Empleo original y dos copias para proceder a su compulsa, de la siguiente documentación:

Informe de Vida Laboral de la empresa en la que conste la relación de trabajadores por los que ésta ha cotizado a la Seguridad Social desde el 20 de diciembre de 2001 hasta el 19 de diciembre de 2004.

Con referencia al/a los trabajador/es subvencionado/s si ha/n causado baja:

Documento acreditativo de la baja en la Seguridad Social.

Respecto al/a los trabajador/es sustituto/s:

Contrato de trabajo indefinido.

Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Orden de 15 de julio de 1999, citada, en relación con el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03).- Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de febrero de 2005.- La Jefa de Sección de Creación de Empleo y Act. I, Pino Navarro Arroyo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de octubre de 2005.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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