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BOC Nº 230. Miércoles 23 de Noviembre de 2005 - 1598

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1598 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 31 de octubre de 2005, por la que se convocan cursos de formación de equipos directivos de centros docentes.

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La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, de la Evaluación y el Gobierno de los Centros docentes y la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, establecen que las Administraciones educativas organizarán programas de formación para mejorar y actualizar la cualificación técnica y profesional de los equipos directivos. Esta última incide, en su artículo 92, en el carácter periódico de la formación de los equipos directivos, así como en la colaboración entre Administraciones educativas para promover la calidad de la función directiva.

El Pacto Social por la Educación en Canarias menciona que el apoyo al ejercicio de la dirección y a cuantos formen el equipo directivo en los centros públicos es un elemento imprescindible para el buen funcionamiento de un centro. La función directiva en los centros se define como una tarea compleja que precisa conocimientos técnicos, capacidad de liderazgo pedagógico, espíritu de consenso y rigor administrativo.

El ejercicio de esta función no escapa a los procesos de cambio que experimenta nuestra sociedad en su conjunto, tanto en las concepciones que influyen en la concreción de los fines sociales que se persiguen como en las capacidades personales y las utilidades de los recursos materiales y tecnológicos disponibles. Es evidente la necesidad de adaptar y actualizar los conocimientos individuales para dar respuesta a las demandas que la sociedad hace al servicio educativo, con la mayor eficacia y eficiencia posibles.

Los cursos objeto de esta convocatoria están dirigidos al profesorado que se encuentra desempeñando funciones como miembro de un equipo directivo en un centro docente de niveles no universitarios y pretenden, de una parte, desarrollar la capacidad de este profesorado para la administración y gestión de los centros, así como para la coordinación y dinamización de los recursos humanos y, de otra, posibilitar la adquisición de los conocimientos psicopedagógicos y sociológicos adecuados para propiciar la participación democrática de toda la comunidad educativa en la vida del centro.

En virtud de las potestades administrativas que me otorga el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (B.O.C. nº 122, de 16.9.91) y el artículo 15 del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 161, de 9.12.91),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar cursos denominados "Formación de equipos directivos de centros docentes", dirigidos al profesorado miembro de un equipo directivo de centro docente público.

Segundo.- La organización de los cursos corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, a través de los Centros del Profesorado de Canarias (CEP), que designarán, de entre sus equipos pedagógicos, un coordinador responsable del curso, que contará con la colaboración de la Inspección de Educación y de profesionales expertos en los temas que se desarrollen, según las experiencias anteriores de actividades de formación del profesorado en esta materia.

Tercero.- El número de cursos a organizar dependerá del número de participantes, que deberá ser de un mínimo de 25 en Gran Canaria y Tenerife y de 15 en El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, La Palma y Lanzarote y un máximo de 40 para cada uno. Asimismo, los lugares de celebración estarán condicionados por el número de solicitudes de cada isla o ámbito de CEP.

Cuarto.- Requisitos de participación. El profesorado que concurra a esta convocatoria deberá ser funcionario de alguno de los Cuerpos docentes de niveles no universitarios, estar en servicio activo y ser miembro de un equipo directivo de centro docente, dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso escolar 2005-2006.

Quinto.- Los objetivos de estos cursos serán los siguientes:

- Fomentar el trabajo directivo en equipo.

- Analizar la función directiva y la gestión de la calidad en el trabajo.

- Adquirir conocimientos sobre liderazgo pedagógico y su relación con el desarrollo personal, profesional y social de la labor.

- Incorporar estrategias dinamizadoras y de participación que favorezcan el desarrollo de relaciones democráticas y armónicas entre los miembros de la comunidad educativa del centro.

- Tomar conciencia de la corresponsabilidad social e institucional en materia de educación.

- Conocer las desigualdades entre el alumnado y las medidas para compensarlas.

- Actualizar conocimientos sobre procedimientos de gestión, organización escolar y prevención de riesgos en el centro y conocer los proyectos institucionales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

- Conocer los instrumentos para evaluar la educación y cómo aplicarlos.

- Buscar espacios de reflexión conjunta donde debatir e intercambiar experiencias sobre las propuestas presentadas y los diferentes temas que atañen al trabajo de los equipos directivos.

Sexto.- Los contenidos básicos de los cursos se estructuran en torno a los siguientes núcleos temáticos:

- Formación sociológica básica.

1. La función directiva. Naturaleza, posibilidades, limitaciones, y mejora. La imagen institucional del centro.

2. La gestión de la calidad en los centros educativos.

- El equipo directivo como organizador y dinamizador pedagógico.

3. El Proyecto Educativo del Centro. Las programaciones didácticas, los planes de acción tutorial y los planes de orientación académica y profesional. La educación en valores. El uso de las TIC.

4. Evaluación del centro y sus consecuencias. Los procesos de mejora: formación e innovación en los centros.

- Representación de la comunidad educativa.

5. La corresponsabilidad en la educación. Papel de la comunidad educativa en el control y gestión del centro. Participación de los padres y las madres en la vida del centro. Intervención de servicios sociales.

6. Compensación de las desigualdades educativas. La atención a la diversidad. Atención al alumnado con necesidades educativas específicas. La convivencia en el centro y la resolución de conflictos. El tratamiento de la interculturalidad. Planes de actuación.

- Representación de la Administración.

7. Procedimientos administrativos de los centros educativos y del profesorado.

8. Gestión y organización de recursos materiales y humanos. Prevención de riesgos y medidas de seguridad.

9. Proyectos institucionales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. El Pacto Social por la Educación. Los Centros de Atención Preferente. El Plan Sur. El Proyecto Medusa. Otros proyectos.

Séptimo.- Características y desarrollo de los cursos. Los cursos, que serán en modalidad mixta presencial y no presencial, tendrán una duración total de 75 horas, distribuidas de la siguiente forma:

4 horas presenciales, a cargo del tutor, para la presentación del curso y para el Seminario de elaboración de un "Plan de trabajo conjunto para el equipo directivo". El plan de trabajo seguirá la secuencia de un curso completo, es decir, simulará la actuación de un equipo directivo durante un año al frente de un centro y a él se incorporarán los elementos de conocimiento desarrollados en el curso.

18 horas, no presenciales, para desarrollar los contenidos teóricos, responder a los cuestionarios y estudiar los materiales complementarios.

9 horas, no presenciales, para resolver los supuestos prácticos que se planteen.

27 horas, presenciales, para los seminarios de debate, que partirán del trabajo realizado por los participantes sobre los supuestos prácticos, y tendrán relación con los respectivos contenidos.

12 horas para la elaboración del plan de trabajo. Se constituirán grupos de entre tres y cinco personas para la elaboración y presentación de cada plan.

5 horas para la exposición de los planes de trabajo por todos los miembros del grupo.

Los cursos comenzarán en enero de 2006 y continuarán a lo largo del curso escolar, fuera del horario lectivo, pero compatibilizando, dentro de lo posible, la formación con el horario complementario y de coordinación de los equipos.

Octavo.- Evaluación.

1. Recibirán una certificación de asistencia por el total de horas del curso quienes participen, como mínimo, en el 85% del tiempo de duración total del curso. A tal efecto, para acreditar las horas correspondientes a las horas no presenciales, el tutor deberá extender certificaciones de realización de los trabajos.

Noveno.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Las solicitudes se podrán presentar en cualquier Centro del Profesorado, o bien en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, Edificio Arco Iris, 38001-Santa Cruz de Tenerife; calle León y Castillo, 57, 4º, 35003-Las Palmas de Gran Canaria), o en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de presentar la solicitud en alguna oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser cerrado. El impreso de solicitud se podrá descargar desde Internet, en la dirección https://www.educa.rcanaria.es/udg/perfeccionamiento/documentos/Perfs/perf_02.doc. También se podrá obtener en cualquier Centro del Profesorado.

Décimo.- 1. La selección del profesorado que solicite la participación en los cursos se hará por una comisión, integrada por dos asesores o asesoras de CEP, un representante de la Inspección de Educación, un director o directora de un centro público y dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

2. A las sesiones de trabajo que programe la comisión de selección podrá asistir un representante de cada organización sindical de las que integran la Mesa Sectorial, debidamente acreditado al efecto, que podrá adjuntar al acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.

Undécimo.- 1. Las listas provisionales de admitidos y excluidos se publicarán en el plazo de diez días contados a partir de la finalización de presentación de solicitudes, en todos los Centros del Profesorado. Se establece un plazo de reclamación de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las citadas listas. En este mismo plazo se podrá renunciar a la participación en el curso.

2. Una vez estudiadas las reclamaciones, se publicarán las listas definitivas, en un plazo de 5 días, en todos los Centros del Profesorado y en las Direcciones Territoriales e Insulares de Educación. Junto con las listas se harán públicos el lugar y la fecha de comienzo de los cursos.

3. Podrá solicitarse la retirada de la documentación presentada una vez transcurrido un mes a partir de la publicación de las listas definitivas, y en un plazo no superior a tres meses, en las dependencias de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. Una vez transcurrido este plazo, la documentación será destruida.

Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos establecidos, o la modificación, en su caso, de algunos aspectos organizativos, para el correcto cumplimiento de sus objetivos.

Contra la presente Resolución y sus bases podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Educación, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de 2005.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

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