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BOC Nº 214. Miércoles 2 de Noviembre de 2005 - 3916

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

3916 - ANUNCIO de 11 de octubre de 2005, por el que se hace público el acuerdo de 28 de julio de 2005, que aprueba el cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino por el de "La Aldea de San Nicolás".

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Acuerdo del Pleno Corporativo del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, aprobatorio del cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino por el de "La Aldea de San Nicolás".

El Pleno Corporativo del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2005, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

"En relación con el expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino y, en ejercicio de las competencias que la Legislación del Régimen Local y Disposiciones Complementarias otorgan a esta Corporación Insular, de forma relevante, los preceptos, actos, y trámites que se infieren de los artículos, acuerdos y documentación que, entre otra, se analiza en la parte expositiva siguiente:

1º) El acuerdo del Ayuntamiento Pleno de San Nicolás de Tolentino, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2004, por el que se aprueba el inicio del expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino por el de "La Aldea de San Nicolás".

2º) El escrito de la Real Academia de la Historia, de fecha 15 de febrero de 2005, por el que previo estudio del proyecto de cambio de denominación del municipio a ella comunicado, acuerda adherirse al mismo en los términos fijados por el municipio de referencia.

3º) Lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio, en los que se establece la posibilidad legal de cambio de denominación de municipios así como el régimen jurídico al que debe ajustarse su tramitación procedimental.

4º) El artículo 29.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Canarias, Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, por el que se dispone que la titularidad competencial en relación con el cambio de denominación de municipios de residencia en dicha Comunidad Autónoma.

5º) El artículo 2, apartado A).2 del Decreto 154/1994, de 21 de julio, de transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de régimen local y policía de espectáculos, en particular, la competencia para resolver los expedientes de cambio de denominación de municipios.

6º) El artículo 123.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 57/2003, de 11 de abril, por la que se establece la competencia del Pleno del Cabildo Insular para adoptar el acuerdo relativo a la resolución del expediente del cambio de denominación del municipio.

7º) El informe administrativo emitido por el Servicio de Cooperación Institucional de fecha 7 de julio de 2005.

Visto el dictamen favorable de la Comisión de Pleno Infraestructura, Medio Ambiente y Territorio de fecha 14 de julio de 2005, el Pleno, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Resolver favorablemente el expediente de cambio de denominación del municipio de San Nicolás de Tolentino y por ende, aprobar la nueva denominación de dicho municipio que será el de "La Aldea de San Nicolás".

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Ayuntamiento de San Nicolás de Tolentino a los efectos previstos en los artículos 26.3 y 30.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio."

El expediente se encuentra de manifiesto por espacio de treinta días naturales en la Secretaría General de esta Corporación (Consejería de Hacienda y Cooperación Institucional), calle Profesor Agustín Millares Carlo, s/n, Edificio Insular I, 6ª planta.

Lo que se hace público a los efectos de los artículos 27 y 29 del Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales (B.O.E. de 14.8.86).

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre de 2005.- El Presidente, José Manuel Soria López.

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