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BOC Nº 206. Jueves 20 de Octubre de 2005 - 1432

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1432 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 10 de octubre de 2005, de la Directora, por la que se dictan instrucciones de tramitación respecto a los beneficiarios de subvenciones de contratos programa de formación profesional continua en ejecución de la convocatoria de 29 de octubre de 2004, para el bienio 2004-2005, cofinanciada por el Fondo Social Europeo.

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Por Resolución de 29 de octubre de 2004 (B.O.C. nº 212, de 3 de noviembre) de la Presidenta, se aprobó la convocatoria y se estableció el procedimiento general para la concesión de subvenciones mediante contratos programa para la formación de trabajadores, en materia de formación profesional continua por parte del Servicio Canario de Empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Dicha convocatoria fue modificada por Resolución de 18 de julio de 2005 (B.O.C. nº 150, de 2 de agosto) estableciendo el párrafo quinto del apartado decimosexto en su nueva redacción que el compromiso económico de 2005 se hará efectivo mediante la suscripción de una adenda al contrato programa y la preceptiva resolución del Servicio Canario de Empleo. Para ello será necesaria la previa solicitud de la entidad y acreditar el haber ejecutado al menos el 50% de la subvención de 2004 utilizando para ello el modelo de certificación normalizado de la aplicación informática.

Habiéndose dictado la Orden de 28 de septiembre de 2005 (B.O.C. nº 198, de 7 de octubre) por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2005 de la contabilidad pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y a los efectos de proceder al efectivo abono de la anualidad 2005 a las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas por Resolución de 4 de abril de 2005 (B.O.C. nº 79, de 22 de abril), resulta procedente dictar las presentes instrucciones en relación a los modelos de solicitud, y de certificación así como estableciendo un plazo máximo de presentación de los mismos.

En su virtud, y en uso de las competencias que tengo legalmente conferidas,

D I S P O N G O:

Primero.- Las entidades beneficiarias de las subvenciones en materia de formación profesional continua en la modalidad de contratos programa, concedidas por Resolución de 4 de abril de 2005 (B.O.C. nº 79, de 22 de abril) deberán, a los efectos de percepción de la anualidad 2005 de la subvención concedida, presentar en los Registros del Servicio Canario de Empleo, solicitud en el modelo que se acompaña como anexo I a la presente Resolución, indicando la cuantía de la subvención solicitada, acompañando a la misma certificación de ejecución expedida por la entidad detallando la relación descriptiva de los grupos finalizados según modelos que se adjuntan a la presente Resolución como anexo II.

Segundo.- El plazo máximo para la presentación de la documentación citada en el apartado anterior será de cuarenta y cinco días naturales siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes contado a partir de su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de octubre de 2005.-La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

Ver anexos - páginas 20198-20200

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