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BOC Nº 148. Viernes 29 de Julio de 2005 - 2745

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

2745 - EDICTO de 14 de abril de 2005, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio familia. Divorcio contencioso nº 0000449/2001.

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JUZGADO DE:Primera Instancia nº 3 de Arona.

JUICIO: familia. Divorcio contencioso 0000449/2001.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Ludivina de Andrés Llama.

PARTE DEMANDADA: D. Ángel Simoni Perea.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a 15 de diciembre de 2003.

Vistos por mí, Dña. Ruth Jiménez Peñalver, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona, los autos de divorcio contencioso nº 449/01, seguidos a instancia de Dña. Ludivina de Andrés Llama contra su esposo D. Ángel Simoni Perea,

FALLO

Que acuerdo la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por Dña. Ludivina de Andrés Llama y D. Ángel Simoni Perea con todos los efectos prevenidos en el artículo 102 del Código Civil e imponiéndose el pago de las costas al demandado.

Notifíquese la presente sentencia a las partes con la expresa advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, y, una vez firme, comuníquese al Sr. Encargado del Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 14 de abril de 2005 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Arona, a 14 de abril de 2005.- La Secretaria Judicial.

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