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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Industria y Energía, por el que se amplían los créditos para la concesión de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos.
Vista la iniciativa formulada por el Director General de Industria y Energía, a propuesta de la Secretaría General Técnica.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
Primero.- Por Orden Departamental de 17 de febrero de 2005 (B.O.C. nº 50, de 10.3.05), se modificó la Orden de 9 de marzo de 2001, en la que se establecieron las bases generales para el período 2001 al 2006, y se efectuó convocatoria para el año 2001, para la concesión de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos y se realizó la convocatoria para el año 2005.
Segundo.- Ante la posibilidad de incrementar dichos créditos y a la vista de las solicitudes presentadas, se considera conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos para atender las solicitudes de subvención que se presenten, o bien las que figuren en las listas de reserva a que se hace referencia en la base octava de la Orden de 17 de febrero de 2005.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- En el apartado tercero de la parte resolutoria de la citada Orden de 17 de febrero de 2005 se señala que el importe de los créditos presupuestarios que se destinan a la financiación de la convocatoria asciende a 1.080.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.750.00, Proyecto de Inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético", y que a dicho importe se le podrán añadir con anterioridad a la resolución de la convocatoria, los créditos que como consecuencia de la propia gestión del Programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada en función del presupuesto consignado en el proyecto, y que serán utilizados para atender las solicitudes de subvención que se presenten, o bien las que figuren en las listas de reserva a que se hace referencia en la base octava del anexo I.
En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,
R E S U E L V O:
Modificar el apartado tercero de la parte resolutoria de la Orden de 17 de febrero de 2005, por la que se modificó la Orden de 9 de marzo de 2001, en la que se establecieron las bases generales para el período 2001 al 2006, y se efectuó convocatoria para el año 2001, para la concesión de subvenciones para obras de ahorro energético en alumbrados públicos y se realizó la convocatoria para el año 2005, ampliándose el importe total de los créditos presupuestarios que se destinan a la financiación de la convocatoria en el presente ejercicio presupuestario en 164.417,06 euros, quedando la dotación económica de la convocatoria en 1.244.417,06 euros, y distribuyéndose dichos créditos de la forma siguiente: 1.080.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.750.00, y 164.417,06 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.750.00 R, ambas del Proyecto de Inversión 02.7089.01 denominado "Energías Renovables, Eficacia y Ahorro Energético" con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2000-2006 (P.O.C. 2000-2006), eje 6, medida 9, con una tasa de cofinanciación del 55%.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de julio de 2005.
LA CONSEJERA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,
María Luisa Tejedor Salguero.
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