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BOC Nº 131. Miércoles 6 de Julio de 2005 - 2348

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

2348 - EDICTO de 28 de abril de 2005, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 1021/2003.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En Santa Cruz de Tenerife, a 6 de mayo de 2004. Vistos por el Ilmo. Sr. D. Juan Luis Lorenzo Bragado, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su partido los presentes autos de juicio ordinario nº 1021/2003 seguidos en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, Dña. Rafaela Rodríguez Lorenzo, representada por la Procuradora Dña.María Corina Melián Carrillo y dirigida por el letrado D. Manuel J. González Gutiérrez y de otra, como demandados, D. José Manuel Barrios Avero, en situación procesal de rebeldía, D. Diego García Riverol, del que desistió la actora, y D. Juan Pedro Núñez Hernández, que se allanó a la demanda.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. Rafaela Rodríguez Lorenzo, representada por la Procuradora Dña.María Corina Melián Carrillo, contra D. José Manuel Barrios Avero, en situación procesal de rebeldía, y D. Juan Pedro Núñez Hernández, condeno a dichos demandados a que satisfagan a la actora, incrementada con los intereses legales, la cantidad de 2.440,65 euros. Todo ello con expresa imposición de costas al demandado Sr. Barrios Avero.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, escrito que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Ycomo consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. José Manuel Barrios Avero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2005.- El/la Secretario.

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