

|
|
|
Observados determinados errores por omisión en el anexo VII de la mencionada Resolución y de conformidad con lo establecido en su apartado decimonoveno, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Se rectifica el anexo VII correspondiente a la Familia Profesional de "Actividades Marítimo Pesqueras", incluyendo la especialidad de "Tecnología de Puente" (TPU), con el código (351).
Segundo.- Se rectifica el anexo VII correspondiente a la Familia Profesional de "Sanidad", incluyendo los siguientes centros docentes:
I.E.S. Jinámar 3, con el código (35010142), en la isla de Gran Canaria (GC).
I.E.S. Teguise, con el código (35009838), en la isla de Lanzarote (LZ).
I.E.S. Alcalá, con el código (38011972), en la isla de Tenerife (TF).
Tercero.- 3.1. Los anexos VII de ambas Familias Profesionales se publican, ya corregidos, como anexos de la presente Resolución, habilitándose un plazo de diez días naturales para que el profesorado que lo desee pueda modificar sus peticiones, mediante la presentación por Registro de una copia del anexo correspondiente debidamente cumplimentada.
3.2. La presentación de esta nueva petición de destinos anulará todas las anteriormente presentadas por el participante para dicho procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
Cuarto.- De conformidad con lo establecido en los subapartados 4.1, 11.2 y 11.3 de la precitada Resolución de 20 de abril de 2005, la Administración completará de oficio las especialidades o las peticiones de los participantes que no presenten nueva solicitud, de acuerdo con su ámbito de prestación de servicios.
Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de junio de 2005.- El Director General de Personal, Juan Manuel Santana Pérez.
<
Ver anexos - Página/s 10026-10027
>
| © GOBIERNO DE CANARIAS |