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Dicho error se produjo al omitirse en la convocatoria tres plazas que vienen siendo ocupadas en situación de reingreso provisional, una en la Dirección Gerencia del Hospital de Gran Canaria Doctor Negrín, una en la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Materno-Infantil Insular, y otra en la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Nuestra Señora de la Candelaria/Ofra.
La inclusión de las mismas resulta obligada en aplicación de los criterios para la cuantificación de las plazas a ofertar en la fase de provisión, contenidos en la propia convocatoria de proceso extraordinario, y en el Pacto entre la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y las organizaciones sindicales del sector, celebrado el 24 de abril de 2002 en el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad, sobre consolidación de empleo interino y normalización de los procesos de provisión de plazas de personal estatutario en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nš 62, de 15 de mayo).
Por lo expuesto, procede su cuantificación en el apartado tercero de la Resolución de inicio de la fase de provisión, y su inclusión en el anexo I de la misma.
La naturaleza de las modificaciones a realizar, al incrementarse el número de plazas ofertadas, y al ofertarse una plaza en una nueva Dirección Gerencia, aconseja que el plazo de un mes para la presentación de solicitudes de participación en la fase de provisión, a que se refiere el apartado dispositivo séptimo de la Resolución que se rectifica, empiece a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la rectificación de la Resolución indicada en el párrafo primero, en los aspectos afectados por el error material descrito.
En virtud de lo expuesto de forma razonada y motivada,
R E S U E L V O:
Primero.- Rectificar el error material advertido en el texto y, como consecuencia del mismo, en el anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 7 de abril de 2005, por la que se inicia la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría y especialidad de Facultativo Especialista de Área en Oftalmología en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nš 79, de 22 de abril), en los siguientes términos:
- En los dos primeros párrafos del apartado dispositivo tercero "Plazas ofertadas", donde dice:
"Se ofertan un total de 11 plazas de la categoría y especialidad de Facultativos Especialista de Área en Oftalmología para su adjudicación en la presente fase de provisión, cuyo ámbito orgánico y territorial figura como anexo I a la presente Resolución.
Dicho número de plazas resulta de adicionar a las convocadas en la fase de selección que figuran en el primer párrafo del apartado 1 de la base sexta de la convocatoria, 1 de personal fijo en reingreso provisional en virtud de lo dispuesto en apartado 1.a) de la base decimoséptima de la convocatoria."
Debe decir:
"Se ofertan un total de 14 plazas de la categoría y especialidad de Facultativos Especialista de Área en Oftalmología para su adjudicación en la presente fase de provisión, cuyo ámbito orgánico y territorial figura como anexo I a la presente Resolución.
Dicho número de plazas resulta de adicionar a las convocadas en la fase de selección que figuran en el primer párrafo del apartado 1 de la base sexta de la convocatoria, 4 de personal fijo en reingreso provisional en virtud de lo dispuesto en apartado 1.a) de la base decimoséptima de la convocatoria."
- En el anexo I, donde dice:
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Ver anexos - Página/s 9633
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Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- El plazo de un mes para la presentación de solicitudes de participación en la fase de provisión, a que se refiere el apartado dispositivo séptimo de la Resolución que se rectifica, empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excelentísima Señora Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente, de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2005.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.
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