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BOC Nº 104. Viernes 27 de Mayo de 2005 - 734

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

734 - ORDEN de 17 de mayo de 2005, por la que se delegan determinadas competencias en los Titulares de los Centros Directivos del Departamento.

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A los efectos de agilizar la tramitación de las autorizaciones, disposiciones y propuestas de gastos y pagos, así como de los convenios de colaboración de patrocinio publicitario con finalidad promocional-turística, se ha juzgado necesario mantener las delegaciones previstas en las órdenes que se relacionan, actualizando los órganos a favor de los cuales se disponen:

- Orden de 17 de mayo de 1996, por la que se delegan determinadas competencias en los titulares de los Centros Directivos del Departamento (B.O.C. nº 65, de 29.5.96).

- Orden de 27 de marzo de 1998, por la que se modifica la Orden de 17 de mayo de 1996 (B.O.C. nº 45, de 13.4.98).

- Orden de 2 de mayo de 2000, por la que se delega en el Viceconsejero de Turismo la competencia para suscribir Convenios de Colaboración en materia de patrocinio publicitario (B.O.C. nº 63, de 22.5.00).

En su virtud, en el ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por la Ley 2/2000, de 17 de julio, de Medidas Económicas, en materia de organización administrativa y gestión y relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Viceconsejería de Turismo el ejercicio de las competencias en materia de autorización y disposición de gastos en ejecución de los servicios y programas de las Direcciones Generales con competencias turísticas hasta seiscientos un mil doce euros con diez céntimos (601.012,10 euros), así como la propuesta de pagos que realice sin límite de cuantía.

Segundo.- Delegar en la Viceconsejería de Turismo el ejercicio de la competencia relativa a la suscripción de los convenios de colaboración que, en materia de patrocinio publicitario con finalidad promocional-turística, se celebren por la Consejería de Turismo, con presupuesto igual o inferior a noventa mil ciento cincuenta y un euros con ochenta y dos céntimos (90.151,82 euros).

Tercero.- Delegar en las Direcciones Generales y Secretaría General Técnica del Departamento el ejercicio de las competencias en materia de la autorización y disposición de gastos de sus respectivos servicios y programas presupuestarios, en cuanto sean necesarias para la consecución de los intereses públicos que tienen confiados, hasta un límite de ciento veinte mil doscientos dos euros con cuarenta y dos céntimos (120.202,42 euros), así como la propuesta de pagos que realicen sin límite de cuantía.

Cuarto.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas mediante Orden Departamental de fecha 17 de mayo de 1996, por la que se delegan determinadas competencias en los titulares de los Centros Directivos, modificada por la Orden Departamental de fecha 27 de marzo de 1998, y la Orden Departamental de fecha 2 de mayo de 2000, por la que se delega en el Viceconsejero de Turismo la competencia para suscribir convenios de colaboración en materia de patrocinio publicitario.

Quinto.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2005.

EL CONSEJERO

DE TURISMO,

José Juan Herrera Velázquez.

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