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2005/101 - Martes 24 de Mayo de 2005

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

Regresar al sumario 1786 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 13 de mayo de 2005, del Director Ejecutivo, sobre notificación a Administraciones Hernández, S.A., de la Resolución recaída en el expediente I.U. 1202/04.

No habiéndose podido practicar la notificación a Administraciones Hernández, S.A., de la Resolución nš 1461, de fecha 28 de abril de 2005, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Administraciones Hernández, S.A., la Resolución nš 1461, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 28 de abril de 2005, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia I.U. 1202/04, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

"Primero.- Imponer a la entidad Administraciones Hernández, S.A. la multa de cuarenta y ocho mil setecientos veinte euros y noventa y cuatro céntimos (48.720,94 euros), como responsable de una infracción administrativa consistente en la demolición de edificación preexistente y construcción de nueva planta, ubicada en suelo clasificado como rústico, en el lugar denominado Embalse de Ayagaures, del término municipal de San Bartolomé de Tirajana, sin los títulos habilitantes necesarios para su ejecución (calificación territorial y licencia urbanística), sancionada en el artículo 213 del mencionado Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, con multa del 100 al 200 por ciento del valor del suelo afectado o de las obras ejecutadas, en función de las circunstancias que concurren en el presente expediente.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico infringido, mediante la reposición de la realidad física alterada y a tal efecto requerir al interesado para que en el plazo de un mes presente en esta Agencia el correspondiente proyecto de restablecimiento, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que de no cumplimentar lo mencionado se procederá a la ejecución forzosa de la demolición, conforme al artículo 96 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.- Notifíquese la presente Resolución a la promotora y al Ayuntamiento.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Hacienda a este fin, una vez sea firme la presente Resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.

Contra el presente acto cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente en Derecho."

Remitir la presente propuesta de resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2005.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.

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