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BOC Nº 100. Lunes 23 de Mayo de 2005 - 701

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

701 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 21 de abril de 2005, por la que se convoca a los centros docentes públicos de Educación Infantil y Primaria para la incorporación al Proyecto La Enseñanza Activa de las Matemáticas en Educación Primaria.

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La generalización de la educación es hoy una realidad. Es el momento, por tanto, de impulsar objetivos concretos de calidad en todos los niveles educativos. Una educación de calidad y equitativa comienza por la adquisición de las competencias básicas que permitan al alumnado proseguir su formación con garantías de éxito. Para conseguir estos fines, debe proporcionarse a los docentes, elementos fundamentales del entramado educativo, una formación continua que permita la actualización de sus conocimientos y facilite el desarrollo de un trabajo en equipo en el centro, compartiendo las experiencias adquiridas. Es preciso, por ello, arbitrar medidas que contribuyan a mejorar y enriquecer el trabajo del profesorado.

Los informes y publicaciones más recientes nos muestran que, en la Comunidad Autónoma de Canarias, los resultados obtenidos por el alumnado de la Educación Primaria en el área de Matemáticas son ciertamente superables. Esto pone de manifiesto la necesidad de mejorar las competencias matemáticas generales y específicas, en especial en uno de los aspectos más relevantes: la resolución de problemas.

En consecuencia, ante la realidad mencionada y tras un seguimiento y evaluación realizados en la fase denominada de pilotaje, durante el curso 2004/2005, se estima conveniente y necesaria la presente convocatoria que ofrece la posibilidad a los centros públicos educativos de la Comunidad Autónoma de Canarias de incorporarse al Proyecto "La Enseñanza Activa de las Matemáticas en Educación Primaria", -en su fase de extensión- y desarrollarlo. Este proyecto permite la formación continua del profesorado desde el mismo centro educativo como una salida coherente para abordar la problemática del rendimiento de los alumnos en Matemáticas. La propuesta responde a la necesidad de revisar la actividad docente con la intención de adecuarla a las transformaciones de la propia materia objeto de enseñanza y al contexto social.

Por todo ello, en uso de las competencias que me son atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente Resolución es realizar una convocatoria a los centros docentes públicos que imparten Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias para la incorporación al Proyecto: "La Enseñanza Activa de las Matemáticas en Educación Primaria".

Segundo.- Ámbito y perfil de los centros.

Podrán presentarse a esta convocatoria todos los centros educativos públicos, dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impartan Educación Infantil y Primaria y no estén en la actualidad, participando en el proyecto. Se seleccionarán 30 centros entre los participantes, conforme al procedimiento previsto en los siguientes apartados de esta Resolución.

Tercero.- Objetivos.

Los objetivos sobre los que se ha planteado el Proyecto "La Enseñanza Activa de las Matemáticas en Educación Primaria", son los siguientes:

a) Facilitar un espacio de trabajo específico que permita al profesorado reflexionar acerca de cómo enseña las matemáticas y cómo las aprenden los niños y niñas.

b) Formar al profesorado de Educación Infantil y Primaria en estrategias metodológicas para la enseñanza activa de las matemáticas.

c) Facilitar herramientas e instrumentos como recurso para hacer más efectivo y motivador el aprendizaje de las matemáticas.

Cuarto.- Estructura.

El Proyecto "La Enseñanza Activa de las Matemáticas en Educación Primaria" ha sido diseñado por esta Dirección General, incluyendo durante este curso 2004/2005 una fase de pilotaje en la que han participado 12 centros directamente elegidos por la Comisión Técnica constituida al efecto, y encargada de la coordinación y gestión del proyecto. Los centros seleccionados por medio de esta convocatoria se incorporarán a la fase correspondiente, conforme a lo previsto en la memoria que incluye las especificaciones técnicas del proyecto.

Quinto.- Compromisos de los centros educativos.

Las obligaciones que deben asumir los centros que presenten solicitud de participación en esta convocatoria son las siguientes:

- Desarrollar el proyecto durante dos cursos escolares, 2005/2006 y 2006/2007.

- Implicar a la comunidad educativa del centro en el desarrollo y ejecución del proyecto.

- Facilitar al profesorado participante la asistencia a las sesiones de formación.

- Elegir y respaldar al miembro del Claustro encargado de la coordinación y dinamización del proyecto, colaborando en la consecución de la disponibilidad horaria a la que se hace mención en el apartado décimo.

- Participar en la dinámica del proyecto a través de las distintas actividades y sesiones de trabajo.

- Facilitar los procesos de evaluación y colaborar en ellos.

Sexto.- Comisión de selección.

1. Para la selección de centros se constituirá una Comisión integrada por los siguientes miembros:

- Presidenta: la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa o persona en quien delegue.

- Secretario o Secretaria: un miembro de la Comisión Técnica.

- Vocales: los miembros de la Comisión Técnica del proyecto.

2. La Comisión de selección, de estimarlo necesario, podrá consultar a la Dirección de los centros o a la persona designada como coordinadora del proyecto para ampliar información o aclarar aspectos que así lo precisen.

Séptimo.- Criterios de selección.

1. Una vez presentadas las solicitudes, la Comisión seleccionadora utilizará los siguientes criterios para elegir entre los distintos centros participantes:

- El número de profesorado participante, que deberá ser, al menos, un tercio del total del Claustro.

- Haber sido seleccionado para su participación en el desarrollo de la 2ª fase del proyecto MEDUSA, según Orden de 27 de diciembre (B.O.C. de 10.1.05) por la que se convoca la selección de centros docentes públicos y concertados.

2. En el supuesto de que, aplicados los criterios mencionados, el número de centros seleccionados sea superior a 30, la Comisión seleccionadora los ordenará aplicando el siguiente baremo:

1. Centros con un porcentaje de participación igual o superior al 60% del Claustro: 2 puntos.

2. Centros que hayan participado en proyectos relacionados con el desarrollo de las competencias básicas en Lengua y Matemáticas: 2 puntos.

3. Centros pertenecientes al Plan Sur y Centros de Atención Preferente: 2 puntos.

4. Centros de islas no capitalinas: 2 puntos.

En el caso de que se produzca un empate, se utilizará sucesivamente como criterios de desempate, el mayor porcentaje de participación alegado en el apartado 1 del baremo y la fecha más antigua de presentación de la solicitud.

3. Si no se alcanza el número de 30 centros seleccionados, pero existen solicitantes que no cumplen los criterios establecidos en el punto 1 de este apartado, se les aplicará igualmente el baremo para proceder a su selección. Además, se tendrá en cuenta que estos centros hayan solicitado participar en la 2ª fase del proyecto MEDUSA según convocatoria de la Orden de 27 de diciembre (B.O.C. de 10.1.05).

Octavo.- Resolución de la convocatoria.

La Comisión seleccionadora resolverá la convocatoria en el plazo de un mes a partir de la fecha fijada en el apartado décimo para la finalización de la presentación de solicitudes, y se pondrá en contacto con los centros seleccionados, comunicándoles esta circunstancia, junto con la asignación económica. Al mismo tiempo, se hará pública la relación completa de dichos centros ordenados, en su caso, de mayor a menor por puntuación obtenida según baremo, en las sedes de las respectivas Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación.

Noveno.- Dotación económica y justificación de los libramientos.

1. El importe total destinado a la financiación de esta convocatoria para los cursos escolares 2005/2006 y 2006/2007 asciende a treinta y seis mil (36.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.421B.640.01, de los que 18.000 euros corresponderán al primer trimestre del curso 2005/2006, y 18.000 euros al primer trimestre del curso 2006/2007.

2. A los centros seleccionados se les asignará una dotación económica para su financiación dentro de la disponibilidad presupuestaria señalada anteriormente, que se repartirá en función del número de docentes y de escolares implicados en el proyecto, y que deberá ser aplicada para sufragar gastos comprendidos en los conceptos que se expresan a continuación:

- Material fungible y reprografía.

- Material bibliográfico.

- Material diverso de utilización docente.

- Otros gastos: desplazamiento del alumnado, visitas, softwares educativos, etc.

3. Los oportunos libramientos a los centros responsables de los proyectos seleccionados se realizarán por el Tesorero General, para lo cual la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa remitirá los fondos correspondientes al ejercicio 2005 y 2006, librándose al centro respectivo la cantidad asignada de una sola vez en cada ejercicio.

4. La justificación de los libramientos autorizados se hará a través de la Dirección Territorial correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Décimo.- Otras dotaciones y recursos.

La Administración educativa pondrá a disposición de los centros seleccionados recursos formativos, humanos, materiales y organizativos para favorecer el desenvolvimiento del proyecto en las mejores condiciones. Para ello:

- Se organizarán acciones de formación específica para este proyecto y estos centros.

- Se facilitará el desarrollo de encuentros, visitas y actividades lúdico-matemáticas para el alumnado y los docentes.

- Se priorizará el asesoramiento específico por parte del CEP de la zona de adscripción.

- Se le reconocerán -dependiendo de la disponibilidad horaria del centro- dos horas lectivas semanales al miembro del Claustro que asuma la coordinación del proyecto, para desarrollar las siguientes tareas:

a) Favorecer el trabajo del profesorado participante en el proyecto dentro del propio centro educativo.

b) Dinamizar, programar y coordinar las actividades generadas por el proyecto en su centro.

c) Cumplimentar la documentación correspondiente.

d) Aportar y comunicar experiencias en las distintas sesiones de trabajo.

e) Representar a su grupo de trabajo, en las actividades que lo requieran.

f) Participar en los procedimientos de valoración y seguimiento.

- Se acreditará la labor realizada.

- Se proporcionará a los centros seleccionados una dotación extraordinaria de materiales didácticos para el área de matemáticas, a través de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

- Se los dotará económicamente para sufragar gastos derivados del proyecto, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior de esta Resolución.

Undécimo.- Documentación, plazos y lugar de presentación.

1. Los centros educativos públicos de Educación Infantil y Primaria que deseen acogerse a la presente convocatoria tendrán que cumplimentar la siguiente documentación:

- Documento de solicitud de participación en el proyecto (anexo I).

- Certificación del Secretario del centro donde se refleje el acuerdo del Claustro que asume los compromisos (anexo II).

- Relación nominal del profesorado participante del centro, con indicación de la persona que ejerza de coordinador (anexo III).

- Documento acreditativo de haber participado en proyectos de centros relacionados con las competencias básicas.

2. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, finalizando el 15 de junio de 2005.

3. La solicitud de participación, con la documentación indicada en el apartado anterior, deberá presentarse dentro del plazo establecido, preferentemente en las oficinas de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa en Santa Cruz de Tenerife, calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, Edificio Arco Iris, y en Las Palmas de Gran Canaria, calle León y Castillo, 57, o en la correspondiente Oficina Insular de Educación en las restantes islas.

No obstante, las solicitudes también podrán presentarse en cualquier otra dependencia o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Duodécimo.- Valoración y seguimiento del proyecto.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa establecerá los cauces e instrumentos de valoración y seguimiento del proyecto.

Decimotercero.- Aceptación de las bases de la convocatoria.

Con la presentación de la solicitud de participación y de la documentación complementaria se entienden aceptadas las bases de esta convocatoria, así como las cantidades y recursos destinados por la Administración educativa para el desarrollo del proyecto.

Decimocuarto.- Aplicación e interpretación.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar cuantas disposiciones e instrucciones sean precisas para el desarrollo, la aplicación e interpretación de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de abril de 2005.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

Ver anexos - páginas 8803-8805

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