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JUICIO: ordinario 0000033/2004.
PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Luz Marina Martínez Fernández.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. William Francisco Ghione Tudela.
SOBRE: materia.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de Dña. Luz Marina Martínez Fernández contra D. William Francisco Ghione Tudela, debo dictar fallo con estos pronunciamientos:
1) Condenar al demandado a devolver a la parte actora la cantidad de doce mil trescientos treinta y nueve euros con treinta y seis céntimos (12.339,36 euros), en concepto de cantidades adeudadas a la parte demandante.
2) Condenar al demandado a pagar a la parte actora los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda.
3) Condenar al demandado al pago de las costas procesales.
Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a dicha notificación, manifestando su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 3 de diciembre de 2004 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Arona, a 3 de diciembre de 2004.- El/la Secretario Judicial.
DILIGENCIA.- En Arona, a 3 de diciembre de 2004.
La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.
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