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La Gerencia de este Consejo Insular de Aguas de Tenerife ha dictado Propuesta de Resolución, de fecha 14 de abril de 2005, de deslinde previo del dominio público hidráulico y zona de servidumbre de los Barrancos de Samarines y Tapias, en el término municipal de Candelaria, concretamente, en un tramo de 217 m de longitud de la margen izquierda de Samarines, situado entre las cotas 4 y 28 m sobre el nivel del mar; y de un tramo de 215 m de longitud de la margen derecha del Barranco de Tapias, situado entre las cotas 4 y 43 sobre el nivel del mar; comprendido entre los puntos de coordenadas U.T.M. de localización siguientes, referidas a la Cartografía Digital del año 1996 (GRAFCAN), a escala 1:5.000, y cuyas señales se han materializado sobre el terreno:
Ver anexos - páginas 8536-8537
En consecuencia, y en aplicación de lo previsto en los artículos 18, 19 y 20 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico de Canarias, aprobado por Decreto 86/2002, de 2 de julio (B.O.C. nº 108, de 12.8.02), se somete a información pública el deslinde previo practicado de sendos tramos de los Barrancos de Samarines y Tapias, en el término municipal de Candelaria, para que en un plazo de veinte (20) días hábiles, contado a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, los interesados expongan las alegaciones que consideren pertinentes en relación con los resultados del deslinde previo. Durante el mismo período de tiempo el expediente de su razón estará de manifiesto en las dependencias de este Organismo, calle Leoncio Rodríguez, 7, Edificio El Cabo, planta primera, de esta capital, durante las horas de oficina.Santa Cruz de Tenerife, a 15 de abril de 2005.- El Secretario Delegado, Filiberto González Hernández.
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