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BOC Nº 097. Jueves 19 de Mayo de 2005 - 1711

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1711 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 11 de mayo de 2005, del Director, relativo a la notificación del requerimiento de documentación para la justificación de la subvención por asistencia técnica concedida a la entidad Arual Ediciones, S.L.- Expte. nº I + E 63/02.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Arual Ediciones, S.L., del requerimiento de fecha 11 de abril de 2005, para la justificación de la subvención por asistencia técnica:

"Asunto: requerimiento documentación seguimiento I + E.

En relación a la subvención por asistencia técnica concedida a la entidad denominada Arual Ediciones, S.L., al amparo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999 (B.O.E. nº 182, de 31 de julio), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I + E, se le requiere para que aporte en el plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente escrito, la documentación exigida en la resolución de concesión de la subvención, así como en el artículo 25.c) de la Orden mencionada, de la cual deberá presentar dos ejemplares, uno de ellos original o fotocopia debidamente compulsada:

· Recibos de salarios y boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2) correspondientes desde el momento de la contratación hasta el cumplimiento del citado período del tiempo subvencionado, de cada uno de los expertos técnicos de alta cualificación contratados:

- D. Ykai Esmir Ledezma Guzmán, período del 17 de agosto de 2003 al 16 de septiembre de 2004.

- D. Carlos Manuel García Zamora, período del 29 de diciembre de 2003 al 30 de agosto de 2004.

- D. José Francisco Arteaga Padrón, período del 29 de diciembre de 2003 al 30 de agosto de 2004.

· Memoria de las actividades realizadas a consecuencia de la asistencia técnica recibida, por el mencionado experto.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, se procederá a iniciar el reintegro total o parcial de las cantidades indebidamente percibidas, con los intereses correspondientes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Orden de 15 de julio de 1999, en relación directa con el procedimiento de reintegro regulado en la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en el Título IV de la misma Ley General de Subvenciones y en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2005.- La Jefe de Negociado de Empleo V, Rosa María García Hernández."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de mayo de 2005.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

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