Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2005/095 - Martes 17 de Mayo de 2005

IV. ANUNCIOS
Otros anuncios
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1661 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 21 de abril de 2005, del Director, relativo a notificación de Resolución de desistimiento, respecto a la solicitud de subvención de la entidad Cafetería Nato 1, S.L.L.

Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artē. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Cafetería Nato 1, S.L.L., de la resolución nē 05-38/0240, de fecha 17 de febrero de 2005, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia incoado a instancia de D. Onofre García Rodríguez, en representación de la entidad Cafetería Nato 1, S.L.L., y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que a través de la Oficina de Empleo de La Orotava con fecha 29 de octubre de 2004, número de registro de entrada 1949, la entidad antes mencionada solicita subvención de las previstas en el artē. 2.1 de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 34, de 9.2.04), por la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, por importe de nueve mil (9.000,00) euros.

Segundo.- Que este Centro Gestor, tras varios intentos de notificación infructuosos, anuncia en el tablón de edictos en el ayuntamiento del último domicilio de la entidad beneficiaria de la subvención, así como en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C. nē 16, de 25.1.05), de conformidad con lo establecido en el artē. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, requerimiento de documentación al objeto de subsanar la misma, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendría por desistido de su petición, a tenor de lo dispuesto en el artē. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nē 12, de 14.1.99).

Tercero.- Que a la fecha del dictado de la presente Resolución, no ha sido cumplimentado dicho requerimiento.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente para conocer del presente expediente a tenor de lo establecido en la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. nē 80, de 28.4.03) en relación con el artē. 13 del Decreto 150/2001, de 23 de julio, por el que se modifican los Decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y se establecen normas procedimentales (B.O.C. nē 91, de 25.7.01), y la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 34, de 9.2.04).

Segundo.- Que de conformidad con lo establecido en el artē. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nē 285, de 27.11.92 y B.O.E. nē 12, de 14.1.99), si la solicitud no estuviese debidamente cumplimentada o no se acompaña de la documentación exigida, se requerirá al interesado para que en el plazo improrrogable de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución en los términos previstos en el artē. 42 de la citada Ley, en relación en el artē. 7 de la Orden TAS/216/2004.

Que en la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales de aplicación, y en uso de la facultad que me atribuye el artē. 9.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, y de conformidad con la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 34, de 9.2.04),

R E S U E L V O:

Único.- Tener por desistido de su solicitud, de fecha 29 de octubre de 2004, a D. Onofre García Rodríguez, en representación de la entidad Cafetería Nato 1, S.L.L., por la que solicita subvención de las previstas en el artē. 2.1 de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nē 34, de 9.2.04), por la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, por importe de nueve mil (9.000,00) euros, en base a los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente expuestos, declarándose concluso el procedimiento, y en consecuencia, archivándose sin más trámite.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artē. 114 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.- El Director del Servicio Canario de Empleo, Claudio-Alberto Rivero Lezcano, propuesto por el Jefe de Servicio de Promoción a la Economía Social, p.a., la Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de abril de 2005.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS