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BOC Nº 093. Viernes 13 de Mayo de 2005 - 644

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

644 - Dirección General de Industria y Energía.- Resolución de 4 de mayo de 2005, por la que se requiere a los interesados al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompañen los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 14 de octubre de 2004, que convoca concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios.

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Vistas las solicitudes presentadas ante esta Dirección General para la asignación de potencia eólica en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- El Decreto 53/2003, de 30 de abril, por el que se regula la instalación y explotación de los parques eólicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en su artículo 4.2 que "la Consejería competente en materia de energía, determinará a través de la realización de los estudios pertinentes, en función de la evolución de la demanda y de las restricciones técnicas de los grupos térmicos, la potencia de origen eólico que gradualmente podrá conectarse a las redes eléctricas".

Segundo.- En base a ello, la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 209, de 28 de octubre de 2004, la Orden de 14 de octubre de 2004, por la que se convoca concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de parques eólicos destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios.

Tercero.- Concluido el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base tercera de la precitada Orden, y una vez comprobada la documentación recibida, procede conforme al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la subsanación de aquellas cuya documentación no se ajusta a las bases de la convocatoria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- En el punto sexto de la parte resolutoria de la mencionada convocatoria, se establece que se faculta al Director General de Industria y Energía para dictar resoluciones complementarias para la aplicación de esta Orden.

Segunda.- En la base quinta de la citada Orden, se establece que, examinada la documentación, la Dirección General de Industria y Energía requerirá al interesado mediante publicación en la dirección de Internet de la Dirección General de Industria y Energía (www.gobiernodecanarias.org/industria) para que, en su caso, subsane los defectos que observe en la misma en un plazo máximo de diez (10) días.

Vistos los hechos y fundamentos enunciados,

R E S U E L V O:

1. Requerir a los interesados relacionados en el anexo I a la presente Resolución, para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente requerimiento, subsanen y/o completen los documentos y/o datos, según códigos relacionados con dicha documentación indicados en el mismo anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Requerir a los interesados relacionados en el anexo II a la presente Resolución, para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente requerimiento, completen los documentos y/o datos contenidos en el Plan Eólico, según códigos relacionados con dicha documentación indicados en el mismo anexo, que se corresponden con los que figuran en el anexo III de la Orden de 14 de octubre de 2004, por la que se convoca concurso público para la asignación de potencia en la modalidad de instalación de nuevos parques eólicos destinados a verter toda la energía en los sistemas eléctricos insulares canarios.

3. El requerimiento de esta documentación, no es impedimento para que, por parte de esta Dirección General, se puedan pedir posteriormente aclaraciones a los interesados acerca de los aspectos técnicos de la propuesta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de mayo de 2005.- El Director General de Industria y Energía, Celso Perdomo González.

Ver anexos - páginas 8276-8288

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