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2005/092 - Jueves 12 de Mayo de 2005

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1617 Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 22 de abril de 2005, por el que se hace pública la notificación a Dña. Nieves Alonso Alonso, que resuelve el recurso de reposición contra la denegación de la ayuda para el cuidado de personas mayores dependientes en su hogar, por encontrarse en ignorado paradero.

Habiendo sido intentada la notificación en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente acuerdo:

Visto el recurso potestativo de reposición interpuesto por Dña. Nieves Alonso Alonso contra la resolución, dictada por delegación, de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de fecha 28 de diciembre de 2004, por la que se le deniega la ayuda con destino al cuidado de personas mayores dependientes solicitada, y examinado el correspondiente expediente resultan relevantes los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Que por Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de 16 de junio de 2004 (B.O.C. nº 124, de 29.6.04), modificada por Órdenes de 16 de julio de 2004 (B.O.C. nº 149, de 3.8.04), de 4 de agosto de 2004 (B.O.C. nº 172, de 6.9.04) y de 5 de octubre de 2004 (B.O.C. nº 202, de 19.10.04), se aprobaron las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar y se efectuaba la convocatoria para el 2004.

2.- Que la recurrente presentó con fecha 28 de julio de 2004 la solicitud de ayuda al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar.

3.- Con posterioridad, y después de baremadas todas las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en la base undécima de la Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales de 16 de junio de 2004, ordenados de mayor a menor importancia, resulta que la recurrente obtiene una puntuación inferior a la mínima, establecida ésta en 64,50 puntos, el día 28 de diciembre de 2004, se propuso denegar el reconocimiento del derecho a la citada ayuda por "falta de disponibilidad presupuestaria" conforme a lo previsto en la base 12ª, punto dos, de la referida Orden.

4.- El 28 de diciembre de 2004, se dictó resolución de la Dirección General de Servicios Sociales por delegación de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales denegándole la ayuda, en base a lo señalado en el hecho anterior.

5.- La citada resolución es notificada al interesado con fecha 29 de diciembre de 2004, informándole del derecho que le asiste para interponer recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses.

6.- Dentro del plazo conferido Dña. Nieves Alonso Alonso interpuso recurso potestativo de reposición, en el que se alega sustancialmente "la no conformidad con la resolución de fecha 28 de diciembre de 2004, ya que cumplo correctamente con todos los requisitos, plazos y formas exigibles".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, de conformidad con lo establecido en la base duodécima, apartado tres, de la Orden de 16 de junio de 2004, por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de ayudas destinadas al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar y se efectúa convocatoria para el 2004, dictó resolución delegada denegando dicha ayuda a Dña. Nieves Alonso Alonso.

II.- La Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales es la competente para resolver el recurso potestativo de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en el artículo 29.1.e) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en concordancia con el Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias. Competencia que ha sido delegada en la Directora General de Servicios Sociales en virtud de delegación expresa efectuada mediante Orden de 14 de febrero de 2005, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 41, de 28 de febrero de 2005.

III.- La recurrente presentó en forma y plazo, recurso potestativo de reposición, contra la resolución que le deniega la ayuda al cuidado de personas mayores dependientes en su hogar, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

IV.- El punto dos de la base duodécima de la Orden varias veces citada, establece como uno de los requisitos fundamentales para la concesión de la misma "la existencia de disponibilidad presupuestaria".

Por todo ello,

R E S U E L V O:

Primero.- Desestimar el recurso potestativo de reposición, interpuesto por Dña. Nieves Alonso Alonso y confirmar en todos sus extremos la resolución de la Dirección General de Servicios Sociales impugnada de fecha 28 de diciembre de 2004, por la que se deniega la ayuda al cuidado de personas mayores dependientes, por causa de inexistencia de disponibilidad presupuestaria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Segundo.- Notifíquese el presente acto al interesado en el plazo establecido en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de abril de 2005.- La Directora General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 7.11.03; B.O.C. nº 228), Jesús M. Coello Gil.

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