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Visto que, en atención a lo preceptuado en la Disposición Final Primera de dicha Ley 38/2003, el referido artículo tiene carácter básico, resultando de aplicación a todas las Administraciones Públicas, sin perjuicio que, su contenido pueda ser completado por las distintas Comunidades Autónomas.
Visto que los principios recogidos en el precitado precepto legal deben presidir la actividad subvencional de cada uno de los Departamentos de la Administración de esta Comunidad Autónoma.
Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,
D I S P O N G O:
Aprobar el Plan estratégico de subvenciones del Departamento, que se consigna en el anexo de la presente Orden, en el que se plasman los objetivos y efectos que se pretenden con la concesión de las mismas, así como el plazo necesario para su consecución, los costes y financiación.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de marzo de 2005.
LA CONSEJERA DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
Águeda Montelongo González.
A N E X O
I. Plan Estratégico de Servicios Generales.
II. Plan Estratégico de la Viceconsejería de Asuntos Sociales e Inmigración.
III. Plan Estratégico de la Dirección General de Servicios Sociales.
IV. Plan Estratégico de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia.
V. Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud.
VI. Plan Estratégico de la Dirección General de Trabajo.
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Ver anexos - Página/s 8188-8208
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