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2005/087 - Jueves 5 de Mayo de 2005

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

Regresar al sumario 1495 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 28 de marzo de 2005, sobre notificación de trámite de subsanación de solicitud de concesión de ayudas a alquileres de viviendas propiedad de la Comunidad Autónoma de Canarias, encontrándose en ignorado domicilio los interesados.

Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, solicitantes de concesión de ayudas al alquiler de viviendas de la Comunidad Autónoma de Canarias, que seguidamente se relacionan, y siendo preciso notificarles el trámite de subsanación de solicitud previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Inés Sosa Castellano que con el fin de dar a su solicitud de concesión de ayuda al alquiler de la vivienda sita en el grupo de viviendas, 60 Jinámar VI, calle Fernando Sagaseta, 82, piso 2, letra A, término municipal de Telde, matrícula/cuenta: 970/23, el trámite pertinente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá aportar en el plazo de 10 días a contar a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, la documentación que a continuación se relaciona, con el apercibimiento de que, de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del referido texto legal:

- Fotocopia de la nómina del mes de agosto/03 de Inés Sosa Castellano y Adolfo Núñez Sosa. En el caso de que en dichas nóminas no venga reflejada la parte proporcional de las pagas extraordinarias, se deberá aportar certificado de la empresa correspondiente donde se indique el número anual de dichas pagas y cuantía de las mismas.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 o fecha posterior por el organismo competente sobre la cuantía de la prestación o subsidio por desempleo Inés Sosa Castellano y Adolfo Núñez Sosa. Si están en dicha situación en el mes de agosto.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 sobre le importe de la pensión que hayan percibido Inés Sosa Castellano y Adolfo Núñez Sosa que tengan la condición de pensionista expedido por el organismo oficial que la haya concedido.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 o en fecha posterior por el órgano competente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social donde se indique si Inés Sosa Castellano y Adolfo Núñez Sosa son pensionistas de la Seguridad Social o de cualquier otro tipo de prestaciones del sistema público de pensiones (CERTIFICACIÓN NEGATIVA).

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de Inés Sosa Castellano y Adolfo Núñez Sosa.

- Fotocopia del recibo del mes de agosto/03 del alquiler de la vivienda. En caso contrario deberá formalizarse reconocimiento de deuda y fórmula de pago de las cantidades adeudadas, ante funcionario del Instituto Canario de la Vivienda.

- Documento expedido por el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el que se acredite la vida laboral de Inés Sosa Castellano.

Notificar a D. Jesús Ascanio Santana que con el fin de dar a su solicitud de (concesión) de ayuda al alquiler de la vivienda sita en el grupo de viviendas, 100 Hoya Pozuelo, calle Paseo Tajinaste, 19, término municipal de Telde, matrícula/cuenta: 996/35, el trámite pertinente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá aportar en el plazo de 10 días a contar a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, la documentación que a continuación se relaciona, con el apercibimiento de que, de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del referido texto legal.

- Fotocopia de la nómina del mes de agosto/03 de Dña. Sonia Esther Cabrera Martín. En el caso de que en dichas nóminas no venga reflejada la parte proporcional de las pagas extraordinarias, se deberá aportar certificado de la empresa correspondiente donde se indique el número anual de dichas pagas y cuantía de las mismas.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 o fecha posterior por el organismo competente sobre la cuantía de la prestación o subsidio por desempleo D. Jesús Emilio Ascanio Santana. Si está en dicha situación en el mes de agosto.

- Fotocopia del recibo del mes de agosto/03 del alquiler de la vivienda. En caso contrario deberá formalizarse reconocimiento de deuda y fórmula de pago de las cantidades adeudadas, ante funcionario del Instituto Canario de la Vivienda.

- Certificado expedido por el secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente acreditativo de estar al corriente en los pagos a la Junta de Administración. (Actualizado).

- Fotocopia del recibo acreditativo de estar al corriente en el pago del seguro de hogar.

- Firmar la declaración jurada de convivencia.

Notificar a Dña. Martina Expósito Armas que con el fin de dar a su solicitud de concesión de ayuda al alquiler de la vivienda sita en el grupo de viviendas, 100 El Goro, calle Iliada, 4, puerta 1, término municipal de Telde, matrícula/cuenta: 974/59, el trámite pertinente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá aportar en el plazo de 10 días a contar a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, la documentación que a continuación se relaciona, con el apercibimiento de que, de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del referido texto legal:

- Certificado expedido por el secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente acreditativo de estar al corriente en los pagos a la Junta de Administración. (Actualizado).

- Fotocopia del recibo del mes de junio/03 del alquiler de la vivienda. En caso contrario deberá formalizarse reconocimiento de deuda y fórmula de pago de las cantidades adeudadas, ante funcionario del Instituto Canario de la Vivienda.

- Fotocopia de la póliza del seguro que cubra los daños al continente (vivienda) por incendio, explosión, caída de rayo, agua ..., o cualquier otro fenómeno externo, estableciendo como valor mínimo de la misma 31.300 euros (equivalente a 5.200.000 pesetas), y cláusula de cesión de derechos a favor del Gobierno de Canarias, y fotocopia del recibo acreditativo de estar al corriente en el pago del seguro.

En el caso de que dicha póliza haya sido contratada por la Junta Administradora al objeto de asegurar la totalidad de las viviendas de la promoción, con la cobertura antes indicada, se aportará por parte del presidente de la comunidad copia de la misma, que igualmente deberá recoger la citada cláusula de cesión de derechos, y el valor total de las viviendas que integran la promoción.

Notificar a Dña. Isabel Santos Flores que con el fin de dar a su solicitud de concesión de ayuda al alquiler de la vivienda sita en el grupo de viviendas, 100 El Goro, calle Artemi Semidan, 22, término municipal de Telde, matrícula/cuenta: 974/66, el trámite pertinente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá aportar en el plazo de 10 días a contar a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, la documentación que a continuación se relaciona, con el apercibimiento de que, de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del referido texto legal:

- Certificado expedido por el secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente acreditativo de estar al corriente en los pagos a la Junta de Administración. (Actualizado).

- Fotocopia del recibo del mes de junio/03 del alquiler de la vivienda. En caso contrario deberá formalizarse reconocimiento de deuda y fórmula de pago de las cantidades adeudadas, ante funcionario del Instituto Canario de la Vivienda.

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de Isabel Santos Flores.

- Fotocopia de la póliza del seguro que cubra los daños al continente (vivienda) por incendio, explosión, caída de rayo, agua ..., o cualquier otro fenómeno externo, estableciendo como valor mínimo de la misma 31.300 euros (equivalente a 5.200.000 pesetas), y cláusula de cesión de derechos a favor del Gobierno de Canarias, y fotocopia del recibo acreditativo de estar al corriente en el pago del seguro.

En el caso de que dicha póliza haya sido contratada por la Junta Administradora al objeto de asegurar la totalidad de las viviendas de la promoción, con la cobertura antes indicada, se aportará por parte del presidente de la comunidad copia de la misma, que igualmente deberá recoger la citada cláusula de cesión de derechos, y el valor total de las viviendas que integran la promoción.

Notificar a Dña. Alicia Rodríguez Alonso que con el fin de dar a su solicitud de concesión de ayuda al alquiler de la vivienda sita en el grupo de viviendas, 100 El Goro, calle Cicerón, 63 Viviendas, 83, término municipal de Telde, matrícula/cuenta: 974/83, el trámite pertinente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá aportar en el plazo de 10 días a contar a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, la documentación que a continuación se relaciona, con el apercibimiento de que, de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud, archivándose la misma previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del referido texto legal:

- Fotocopia de la póliza del seguro que cubra los daños al continente (vivienda) por incendio, explosión, caída de rayo, agua ..., o cualquier otro fenómeno externo, estableciendo como valor mínimo de la misma 31.300 euros (equivalente a 5.200.000 pesetas), y cláusula de cesión de derechos a favor del Gobierno de Canarias, y fotocopia del recibo acreditativo de estar al corriente en el pago del seguro.

En el caso de que dicha póliza haya sido contratada por la Junta Administradora al objeto de asegurar la totalidad de las viviendas de la promoción, con la cobertura antes indicada, se aportará por parte del presidente de la comunidad copia de la misma, que igualmente deberá recoger la citada cláusula de cesión de derechos, y el valor total de las viviendas que integran la promoción.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 sobre le importe de la pensión que hayan percibido Dña. Alicia Rodríguez y D. Juan José Hernández Mayor que tengan la condición de pensionista en el mes de agosto/03 expedido por el organismo oficial que la haya concedido.

- Certificado expedido en el mes de septiembre/03 o en fecha posterior por el órgano competente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social donde se indique si Dña. Alicia Rodríguez Alonso y D. Juan José Hernández Mayor Sosa son pensionistas de la Seguridad Social o de cualquier otro tipo de prestaciones del sistema público de pensiones (CERTIFICACIÓN NEGATIVA).

- Fotocopia de la nómina del mes de agosto/03 de Juan José Hernández Mayor de la empresa Ventura Galván Suárez, S.L. En el caso de que en dicha nómina no venga reflejada la parte proporcional de las pagas extraordinarias, se deberá aportar certificado de la empresa correspondiente donde se indique el número anual de dichas pagas y cuantía de las mismas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de marzo de 2005.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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