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HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
En La Laguna, a 17 de marzo de 2005, vistos por mí, Dña. Raquel Díaz Díaz, Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 (Antiguo mixto nº 4) de La Laguna, los presentes autos seguidos por los trámites del juicio verbal sobre divorcio, seguidos con el nº 0000963/2004 a instancias de Dña. Isabel Concepción Espinosa Ferrera, con vecindad y domicilio en calle La Laguna representado por el Procurador Dña. María Pilar Reboso Machín, contra D. Orlando Mezydlo Victon, en situación procesal de rebeldía, y cuyo fallo:
Estimando la demanda interpuesta por Dña. Isabel Concepción Espinosa Ferrera contra D. Orlando Mezydlo Victon, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio por ellos contraído, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y sin acordar la adopción de medidas complementarias, las cuales, en su caso y a instancia de parte, podrán establecerse más adelante por la vía del juicio de modificación de medidas definitivas.
La firmeza de esta resolución producirá la disolución del régimen económico del matrimonio, si no se hubiera producido ya antes.
Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Laguna, a 18 de abril de 2005.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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