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BOC Nº 081. Martes 26 de Abril de 2005 - 1396

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

1396 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 15 de abril de 2005, por el que se hace pública la notificación a D. José Luis Romero Rodríguez, en ignorado paradero, de la Resolución que determina su prohibición de entrada en la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, locales G-1 y G-2, del término municipal de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria).

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de fecha 18 de marzo de 2005, en el domicilio que figura en el expediente administrativo nº 2/04, tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, a nombre de D. José Luis Romero Rodríguez, sin que ésta haya podido practicarse, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a su publicación.

"Resolución de la Directora General de Administración Territorial y Gobernación por la que se determina la prohibición de la entrada en la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, locales G-1 y G-2, del término municipal de Santa Lucía, a D. José Luis Romero Rodríguez, con N.I.F. 52.849.923-V.

Examinado el expediente nº 2/04, tramitado por el Negociado de Casinos y Bingos, seguido en esta Consejería a instancia de D. Agustín Alemán Álvarez, actuando en representación de la empresa de servicios Canabingo, S.A., responsable de la gestión del juego de la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, del término municipal de Santa Lucía, por el que se solicita la prohibición de la entrada en dicho local de juego de D. José Luis Romero Rodríguez, con N.I.F. 52.849.923-V.

Vista la Propuesta de Resolución formulada por la Jefe de Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 14 de septiembre de 2004, tuvo entrada en esta Consejería solicitud formulada por D. Agustín Alemán Álvarez, actuando en representación de la empresa de servicios Canabingo, S.A., responsable de la gestión del juego de la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, del término municipal de Santa Lucía, por el que se solicita la prohibición de la entrada en dicho local de juego de D. José Luis Romero Rodríguez, con N.I.F. 52.849.923-V.

Segundo.- Con fecha 24 de septiembre de 2004, por parte del Servicio de Inspección del Juego se levanta en la mencionada sala de bingo acta de constatación de hechos nº 125/04.

Tercero.- Con fecha 18 de noviembre de 2004, se traslada escrito a la empresa Canabingo, S.A., significándole que en aras de poder practicar el trámite de audiencia previsto en el artículo 23.3 del Decreto 42/1998, de 2 de abril (B.O.C. nº 49, de 22 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de homologación del material de juego y de organización y funcionamiento del Registro del Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias, debe facilitar a este Centro Directivo los datos correspondientes al domicilio de D. José Luis Romero Rodríguez (escrito que es notificado debidamente el día 24 de noviembre de 2004).

Cuarto.- Con fecha 3 de enero de 2005 se le notifica a la empresa Canabingo, S.A., nuevo escrito de fecha 27 de diciembre de 2004, por el cual se le reitera el contenido del escrito de fecha 17 de noviembre de 2004; requerimiento que es atendido por la citada empresa de servicios en virtud de escrito de fecha 4 de enero de 2005.

Quinto.- Mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2005, se remite al Servicio de Publicaciones e Información de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, anuncio de la misma fecha, por el que se hace pública la solicitud de prohibición de entrada en la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, locales G-1 y G-2, del término municipal de Santa Lucía, de D. José Luis Romero Rodríguez, como consecuencia de hallarse dicho señor en paradero desconocido, tras haberse intentado sendas notificaciones por medio del servicio ordinario de correo.

Sexto.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 41, de fecha 28 de febrero de 2005, se publica el citado anuncio de fecha 16 de febrero de 2005, de esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, sin que hasta la fecha D. José Luis Romero Rodríguez haya formulado alegación alguna en relación con la solicitud formulada por Canabingo, S.A. de prohibirle la entrada en la sala de bingo mencionada.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1999, de 26 de marzo (B.O.C. nº 42, de 7 de abril), de los Juegos y Apuestas en la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el Decreto 42/1998, de 2 de abril (B.O.C. nº 49, de 22 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de homologación del material de juego y de organización y funcionamiento del Registro del Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- En virtud del Decreto 241/2003, de 11 de julio, del Presidente, se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías, y se crea la Consejería de Presidencia y Justicia y, en virtud del Decreto 178/2003, de 23 de julio, se determina su estructura central y periférica, y de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del mismo se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia mediante del Decreto 40/2004, de 30 de marzo (B.O.C. nº 70, de 13 de abril) y de conformidad con lo dispuesto en su artículo 53.a), esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para la resolución de este procedimiento.

Tercera.- En la tramitación de este expediente se ha observado el procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.- En el expediente concurren cuantos requisitos se exigen en el artículo 23.3 del Decreto 42/1998, de 2 de abril (B.O.C. nº 49, de 22 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de homologación del material de juego y de organización y funcionamiento del Registro del Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Acordar la prohibición de la entrada de D. José Luis Romero Rodríguez, con N.I.F. 52.849.923-V, a la sala de bingo sita en el Centro Comercial La Ciel, locales G-1 y G-2, del término municipal de Santa Lucía, por un tiempo indefinido.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Administración Pública de la Consejería de Presidencia y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en el que le sea notificada la misma de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que tenga por conveniente interponer.- Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de marzo de 2005.- La Directora General de Administración Territorial y Gobernación, María Auxiliadora Pérez Díaz."

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de abril de 2005.- La Directora General de Administración Territorial y Gobernación, María Auxiliadora Pérez Díaz.

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