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Expuestas al público las listas definitivas de admitidos y excluidos en los lugares establecidos en la citada resolución, se han apreciado de oficio errores materiales en la configuración de tales listas, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, en virtud de la cual las Administraciones Públicas podrán rectificar de oficio y en cualquier momento, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Dirección General en el artículo 65 del Decreto, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia,
R E S U E L V O:
Único.- Proceder a la corrección de errores materiales existentes en las listas definitivas de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para desempeñar servicios en las unidades de apoyo a los órganos judiciales de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante contratación laboral temporal de interinidad, en el sentido en que figura en el anexo a la presente Resolución, que se hará público en la misma forma establecida en el apartado segundo del resuelvo de la Resolución de 1 de abril de 2005, de esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2005.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Rosa de Haro Brito.
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