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2005/073 - Jueves 14 de Abril de 2005

IV. ANUNCIOS
Otras Administraciones
Juzgado de Instrucción nš 1 (Antiguo mixto nš 5) de La Laguna

Regresar al sumario 1293 EDICTO de 15 de diciembre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nš 0000221/2003.

JUZGADO DE: Instrucción nš 1 (Antiguo mixto nš 5) de La Laguna.

JUICIO: ordinario 0000221/2003.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Jesús María Placeres Díaz y Pedro Félix González Martín.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Manuela Feal Iglesias.

SOBRE: otros.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de La Laguna, a 15 de diciembre de 2004.

Vistos los presentes autos de juicio ordinario de elevación a público contrato de compraventa nš 221/03 por Dña. María Vega Álvarez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš Cinco de los de este partido, seguidos a instancia de Jesús María Placeres Díaz y Pedro Félix González Martín, que actuaron representados por el Procurador de los Tribunales, Sr. García del Castillo y asistidos por el Letrado Sr. Fernández Carrillo contra Manuela Feal Iglesias, que fue declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Jesús María Placeres Díaz y Pedro Félix González Martín, que actuaron representados por el Procurador Sr. García del Castillo contra Manuela Feal Iglesias debo declarar y declaro que la accionada está obligada a otorgar la correspondiente escritura elevando a público el contrato privado de compraventa referido en cuerpo de esta resolución a favor de los actores por mitad, en común y proindiviso, condenándola por tanto a estar y pasar por tales declaraciones y en consecuencia a que proceda a otorgar la escritura en cuestión a favor suyo, con apercibimiento de que en caso de no otorgarla voluntariamente se efectuará la misma a través del Juzgado, todo ello con expresa condena en costas a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que en su caso, deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la demandada Dña. Manuela Feal Iglesias.

En La Laguna, a 15 de diciembre de 2004.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En La Laguna, a 15 de diciembre de 2004.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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