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BOC Nº 067. Miércoles 6 de Abril de 2005 - 429

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

429 - Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.- Resolución de 17 de febrero de 2005, por la que se delegan diversas competencias en el Jefe del Área de Puertos.

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Por Resolución de 29 de abril de 1988, de la Dirección General de Obras Públicas, se delegaron ciertas facultades en el Servicio de Puertos.

Mediante la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, se creó la entidad "Puertos Canarios" con personalidad jurídico-pública y patrimonio propio, independiente del de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrita a la Consejería competente en materia de puertos. Su puesta en funcionamiento se producirá con el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración.

Posteriormente el Decreto 241/2003, de 11 de julio, del Presidente del Gobierno, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, estableció en su artículo 3 que la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda asumiría las competencias que legal y reglamentariamente tenía encomendadas la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, a excepción de la de Costas, que se asigna a la Consejería de Turismo.

Por otra parte, el Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en su Disposición Transitoria Segunda establece que la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación asume las competencias que en materia de puertos tenía la extinta Dirección General de Obras Públicas, hasta la puesta en funcionamiento del ente público Puertos Canarios.

La reestructuración efectuada y las modificaciones competenciales que comporta, junto con la publicación del Decreto 11/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, así como el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, hace aconsejable un nuevo acto de delegación que facilite la resolución de los procedimientos en materia portuaria. Por lo anterior,

R E S U E L V O:

Primero.- Se delegan en el Jefe del Área de Puertos las siguientes facultades:

a) Policía general de las instalaciones y recintos portuarios.

b) La supervisión e inspección de las instalaciones y recintos portuarios.

c) La ordenación de zonas y usos de recintos portuarios y sus muelles, autorizando el depósito, transporte y circulación, tanto de personas como de mercancías.

d) La autorización de las operaciones de fondeo, atraque, desatraque, carga y descarga.

e) Las relaciones ordinarias con los servicios administrativos responsables de Pesca y Transportes.

f) La liquidación de las tasas portuarias.

g) La inspección ordinaria de los puertos deportivos explotados en régimen de concesión.

h) La autorización de ocupación de superficies para usos de carácter no permanente.

i) La autorización de gastos, formalización de expedientes de contratación, disposición de créditos, reconocimiento de obligaciones y proposición de las correspondientes órdenes de pago, en relación con los actos que realice el Jefe del Área de Puertos por competencia propia o delegada, hasta una cuantía de 3.005,06 euros.

Segundo.- Las delegaciones enunciadas llevan implícita la firma o suscripción de todos los documentos y actos administrativos que se generen durante la tramitación de los expedientes tanto de gastos como de contratación y que sirvan de soporte o justificación de las operaciones contables de las subsiguientes operaciones de gastos y contrataciones, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones y propuesta de ordenación de pagos.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por esta Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación.

Cuarto.- El presente acto de delegación se entenderá sin efecto con la puesta en funcionamiento del ente público Puertos Canarios.

Quinto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 2005.- El Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación, Gregorio Guadalupe Rodríguez.

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