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BOC Nº 063. Jueves 31 de Marzo de 2005 - 408

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

408 - DECRETO 34/2005, de 8 de marzo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Paleontológica, el Yacimiento Paleontológico de "La Guirra", en el término municipal de Antigua, isla de Fuerteventura.

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Por Resolución del Consejero Delegado del Cabildo Insular de Fuerteventura de fecha 31 de octubre de 2003, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Paleontológica el Yacimiento Paleontológico de "La Guirra", en el término municipal de Antigua, isla de Fuerteventura. Posteriormente por Resolución de la Consejera Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Fuerteventura de fecha 7 de julio de 2004, se modifica la Resolución de incoación estableciéndose una nueva delimitación.

El Yacimiento Paleontológico de La Guirra constituye un importante afloramiento en el que se constata la existencia de depósitos marinos pleistocenos, con una edad de 135.000 años y holocenos con una edad de 5.000 años. El gran interés científico de este Yacimiento radica en que permite la investigación paleobiogeográfica y paleoambiental de una época de la historia de nuestro planeta (hace 100-130.000 años).

La Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, aplicable a la tramitación del expediente, define en su artículo 18.1.f), la Zona Paleontológica como el lugar que contiene vestigios fosilizados o restos de interés científico.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, previo informe del Consejo Canario de Patrimonio Histórico y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 8 de marzo de 2005,

D I S P O N G O:

Declarar el Yacimiento de "La Guirra", Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Paleontológica, en el término municipal de Antigua, isla de Fuerteventura, según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2005.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O I

BIEN DE INTERÉS CULTURAL.

CATEGORÍA: Zona Paleontológica.

A FAVOR: La Guirra.

TÉRMINO MUNICIPAL: Antigua.

DESCRIPCIÓN.

El Yacimiento Paleontológico de La Guirra, situado en la localidad homónima, término municipal de Antigua, constituye un importante afloramiento en el que se constata la existencia de depósitos marinos pleistocenos, con una edad de 135.000 años y holocenos con una edad de 5.000 años.

El Yacimiento Paleontológico de La Guirra queda constituido por tres afloramientos, uno situado al norte de la Caleta de La Guirra, en las zonas denominadas Las Marismas y Las Corcovadas, otro situado en la Caleta de La Guirra y el tercero en la zona denominada Punta de La Hondura. Tales afloramientos se denominan del modo siguiente:

Zona 1 (Las Corcovadas-Las Marismas).

Zona 2 (Caleta de La Guirra).

Zona 3 (Punta de la Hondura).

"Zona 1.

En esta parte de la costa el principal objeto de protección es un yacimiento holoceno muy característico y rico en fauna que se encuentra en una franja situada justo en el borde superior del piso intermareal. Se trata de un beack-rocks de cantos y bloques heterométricos, angulosos en su mayoría, junto con rodolitos calcáreos, vermétidos y una gran cantidad de moluscos marinos pertenecientes a especies que viven en la actualidad, entre los que destacan, por su abundancia: Patella candai, Thais (Stramonita) haemastoma, y en menor grado, Charonia lampas, Luira lurida, Conus pulcher y otras, todo ello englobado en una matriz, algo oscura, calcárea con elementos inorgánicos.

Las obras de remoción del suelo que se están llevando a cabo en las Marismas, han puesto al descubierto toda la serie estratigráfica del Cuaternario reciente, en la que se alternan niveles terrígenos limo- arcillosos -que contienen moluscos terrestres- con niveles marinos que culminan en superficie con el beack-rock anteriormente descrito.

Es en esta zona de Las Corcovadas-Las Marismas, en donde el Holoceno marino se manifiesta más significativamente, con gran abundancia de fósiles. También aparece en la Caleta de la Guirra y la Hondura, pero con mucho menor contenido de fósiles. Sin embargo, aquí no se encuentran en superficie los niveles del último interglaciar, más antiguos, ya que al estar localizados más hacia tierra adentro y a cota superior (entre + 2 m y + 4 metros) se han visto afectados por las obras urbanísticas recientes y anteriormente por las labores agrícolas.

Zonas 2 y 3.

Los depósitos del último interglaciar (subepisodio isotópico 5e) aparecen en una franja litoral, que discurre paralelamente a la línea de costa, situada a unos 100 m tierra adentro y a unos 4-6 m de altura sobre la pleamar actual. Estos depósitos afloran en la Caleta de la Guirra-Punta de Hondura. Aquí se encuentran formando dos terrazas encajadas, a + 2 m y a + 4 m, en forma de conglomerado, poco consolidado, de bloques, cantos rodados basálticos (Serie I), rodolitos de algas calcáreas y moluscos, posiblemente acumulados durante temporales. Dataciones radiométricas (Th-U) efectuadas en la Caleta de la Guirra, han dado edades de 118.600 ± 6.200 a.B.P. y 124.300 ± 3.200 a. B.P.

Estos depósitos se formaron, como hemos dicho, en el último interglaciar, en una época más cálida que la actual, en la que el nivel del mar estaba unos metros más alto, su temperatura varios grados más elevada y la corriente fría de Canarias se había desplazado hacia el Oeste, permitiendo a la fauna marina tropical desplazarse hacia latitudes más elevadas, alcanzando el Archipiélago Canario y llegando, incluso, a penetrar en el Mediterráneo. Especies representativas de esta fauna son, entre otras, Strombus latus (bubonius) y conos ermineus, que se encuentran presentes en estos yacimientos y que ya no viven en Canarias.

El gran interés que tienen estos Yacimientos es fundamentalmente a nivel científico, ya que este tipo de depósitos permiten la investigación paleobiogeográfica y paleoambiental de una época de la historia de nuestro planeta (hace 100-130.000 años) en la que el clima de la Tierra era diferente. Además, se da la circunstancia de que en las Islas Canarias orientales han quedado los testimonios más significativos de esa época en esta parte del Atlántico Nororiental, pues en la vecina costa africana no aparecen y, según algunos autores, en La Guirra se encuentra uno de los cortes más completos. La estatigrafía en esta zona abarca toda la secuencia de las oscilaciones paleoclimáticas de los últimos 130.000 años de la historia de la Tierra."

DELIMITACIÓN DEL YACIMIENTO PALEONTOLÓGICO DE LA GUIRRA Y LA DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN.

Para la delimitación del Yacimiento Paleontológico de La Guirra, término municipal de La Antigua, que consta como ya se ha reseñado de tres afloramientos, denominados en el expediente P.H.D 4/03, como Zona 1, Zona 2 y Zona 3, se han tenido en cuenta, de un lado la ubicación de los afloramientos, su relación con el espacio circundante, los informes realizados por los expertos paleontólogos y lo dispuesto en el artículo 106 del Documento Normativo del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura.

La delimitación queda de la siguiente forma:

ZONA 1 (Las Corcovadas-Las Marismas).

Este afloramiento se localiza paralelo a la costa actual y a 1,5 m, sobre el nivel del mar. En él aparecen testimonios de depósitos marinos holocenos, con fauna compuesta por diferentes variedades de patellas, como la patella candei, patella ulissiponensis y patella piperata y gasterópodos y micromoluscos como cerithium vulgatum, cerithium rupestre, littorina striata, gibbula sp. etc. y con una cronología de 5.000 años aproximadamente.

El yacimiento paleontológico, con una superficie aproximada de 47.542,82 m2, queda comprendido entre los puntos 1 a 11 de forma correlativa, y a partir de este punto, pasa al 18 desde donde continua de forma correlativa hasta el punto 23 (ver cartografía y listado de coordenadas U.T.M. en anexo II).

El entorno de protección de este afloramiento está comprendido por una franja de terreno erial, exterior y contigua al afloramiento, que ocupa una superficie aproximada de 45.208,05 m2. El límite externo de ese entorno de protección transcurre por una línea imaginaria que va desde los puntos 11 al 17 que se observan en la cartografía del anexo II, de forma correlativa. En el lado oeste dicha franja es el resultado de la aplicación de lo establecido en el artículo 106 del Documento Normativo del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura, que fija un entorno de protección de 100 metros para los bienes de interés cultural. En este lado el límite externo de dicho entorno de protección va desde los puntos 11 a 16 grafiados en la cartografía del anexo II, donde también se reseñan sus coordenadas U.T.M. correspondientes.

En el lado norte la franja de protección es más estrecha debido a la presencia de obras de urbanización preexistentes. Aquí el límite externo del entorno de protección está constituido por una línea imaginaria que comienza en el punto 17 y se dirige al 16 en línea recta y dirección E-W, marcados en la cartografía del anexo II y que coinciden con una calle sin denominación de las citadas obras de urbanización.

En el lado sur el límite del afloramiento coincide con las instalaciones allí existentes y discurre por los puntos 9 a 11, grafiados en la cartografía del anexo II con sus correspondientes coordenadas U.T.M.

ZONA 2 (Caleta de La Guirra).

En la Zona 2 se localizan dos afloramientos paleontológicos, paralelos a la costa actual, uno a 1,5 m sobre el nivel del mar, constituido por un nivel Holoceno y, otro afloramiento a aproximadamente 100 metros tierra adentro, constituido por un nivel correspondiente al Pleistoceno Superior.

El Yacimiento Paleontológico, con una superficie aproximada de 24.149,71m2, queda delimitado por una línea que va de los puntos 6a a 9a de forma correlativa, y a partir de este punto pasa al 11a y continua hasta el 12a, como se observa en la cartografía y listado de coordenadas U.T.M. en el anexo II.

El entorno de protección de este yacimiento, con una superficie aproximada de 58.555,71 m2, queda constituido por una franja de terreno erial, exterior y contigua al afloramiento paleontológico, que discurre por una línea que transcurre entre los puntos 1a hasta 5a. Dicha franja es el resultado de la aplicación de 100 metros de entorno de protección del yacimiento.

ZONA 3 (Punta de la Hondura).

En la zona 3 se localizan dos afloramientos paleontológicos, paralelos a la costa actual, uno a 1,5 metros sobre el nivel del mar, constituido por un nivel Holoceno y, otro, afloramiento a aproximadamente 100 metros tierra adentro, excepto en su lado sur (donde se aproxima al nivel Holoceno), que está constituido por un nivel correspondiente al Pleistoceno superior.

El yacimiento paleontológico con una superficie aproximada de 87.135,07 m2, queda delimitado por una línea que transcurre entre los puntos 10b a 14b de forma correlativa, y a partir de este punto pasa al 16b hasta el punto 20b de forma correlativa (ver anexo II y coordenadas UTM).

El entorno de protección de este yacimiento, con una superficie aproximada de 92.022,66 m2, queda constituido por la franja de terreno erial y de antigua gavias, comprendida entre el límite externo del yacimiento y una línea imaginaria que va desde los puntos 1b a 8b grafiados en la cartografía del anexo II. Esta línea viene determinada entre los puntos 1b y 6b por la aplicación de 100 metros de entorno de protección desde el borde externo del afloramiento. Y entre los puntos 6b y 7b el límite externo del entorno de protección discurre por la línea del borde exterior del lado oriental de la carretera FV 2, en una distancia inferior a 100 metros debido a la presencia de la citada carretera.

Con la delimitación propuesta se garantiza ampliamente la protección y conservación del Yacimiento Paleontológico, puesto que imposibilita la realización de movimientos de tierras, remociones, acopio de materiales, etc., que interfieran o dificulten la integridad física del yacimiento, así como cualquier otra actividad o uso que impida la apreciación y dificulte sus valores.

Ver anexos - páginas 5260-5263

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