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R E S U E L V E:
Primero: ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: disponer el depósito del texto original.
Tercero: disponer asimismo su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación o publicación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2005.- El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.
2º CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA
ENTRE FUNDESCAN Y SU PERSONALREVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2005
ACTA DE APROBACIÓN Y FIRMA
ASISTENTES:
POR FUNDESCAN:
D. José Antonio Montesdeoca Santana.
POR LOS COMITÉS DE EMPRESA:
LAS PALMAS:
José Abad Rodríguez.
Roque Óscar Betancor Pérez.
SANTA CRUZ DE TENERIFE:
Dña. Lidia B. Rodríguez del Castillo.
Dña. Inmaculada Jorge Montelongo.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 11,00 horas del día 21 de enero de 2005, en los locales de la Fundación Canaria para el Desarrollo Social (FUNDESCAN), sito en la calle Franchy y Roca, 5, 1ª planta, se reúnen los representantes de los Comités de Empresa y el representante de FUNDESCAN al margen reseñados, todos ellos propuestos por sus respectivas representaciones, y habiéndose reconocido ambas partes como interlocutores legitimados, con el objeto de aprobar y firmar la Tabla Salarial para el año 2005, de acuerdo con lo establecido en el 2º Convenio Colectivo de Empresa entre FUNDESCAN y su personal.
Se llega a los acuerdos siguientes:
1. Aumentar los salarios establecidos para el año 2004 en un 3,7 por ciento para el presente año 2005, siendo su vigencia del 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2005.
2. Aumentar en un 3,7 por ciento las Ayudas Escolares establecidas en el artículo 49 del Convenio Colectivo, quedando establecidas en las siguientes cantidades: 65,33, 52,37 y 46,67.
Seguidamente se procede a dar lectura íntegra de la tabla salarial anexa, y de la presente acta, quedando redactados en los términos acordados por las partes en el contenido, del cual se afirman y ratifican, firmándolo por septuplicado ejemplar en prueba de conformidad, y autorizando a D. Roque Óscar Betancor Pérez para solicitar su inscripción, depósito y publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en lugar y fecha al principio indicados.
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Ver anexos - Página/s 3465-3466
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