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2005/039 - Jueves 24 de Febrero de 2005

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 485 Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.- Anuncio de 2 de febrero de 2005, relativo a notificación de requerimiento realizado al centro privado concertado San Agustín, para proceder a la justificación de las cantidades que, por el concepto de "otros gastos", perciben los centros concertados de Canarias, mediante Órdenes de 12 de septiembre de 1988, de 29 de junio de 1989 y de 31 de agosto de 1990, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento de justificación de subvenciones en el domicilio que figura en el expediente incoado por la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 dela Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 31 de agosto de 2004, fue efectuado el requerimiento del tenor literal siguiente:

De acuerdo con las previsiones del artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nš 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nš 12, de 14.1.99), y en relación con la justificación de gastos de funcionamiento para el curso 2001/2002, conforme a la Orden de 31 de diciembre de 1990, por la que se regula el procedimiento de justificación de las cantidades que, por el concepto de "Otros gastos", perciben los centros concertados de Canarias (B.O.C. nš 16, de 6.2.91), para el centro concertado San Agustín, dirijo a usted el presente requerimiento para que, en el plazo de diez días, computados a partir del día siguiente a la notificación del presente, subsane lo siguiente:

El centro concertado deberá presentar en el plazo determinado la documentación descrita en el artículo quinto de la Orden mencionada, en original o copia compulsada, por las siguientes cantidades:

1) Cursos 1988-1989, 1989-90 y 1990-91 (primer trimestre): 45.395,27 euros.

2) Período enero-marzo 1991: 9.168,08 euros de 9.168,08 euros.

3) Período abril-septiembre 1991: 18.336,10 euros.

Pongo en su conocimiento que en el supuesto de no proceder a la presentación de la documentación solicitada, en el plazo exigido, se procederá al reintegro de la subvención en los términos establecidos en el artículo 35.1.d) del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nš 170, de 31 de diciembre).

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2005.- El Director General de Centros e Infraestructura Educativa, Higinio Rafael Hernández Álvarez.

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