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BOC Nº 037. Martes 22 de Febrero de 2005 - 465

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

465 - Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.- Anuncio de 2 de febrero de 2005, relativo a notificación de requerimiento realizado al centro privado concertado Escuela Profesional Javeriana, para proceder a la justificación de las cantidades que, por el concepto de "otros gastos", perciben los centros concertados de Canarias, mediante Orden de 16 de agosto de 2001, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento de justificación de subvenciones en el domicilio que figura en el expediente incoado por la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 31 de agosto de 2004 fue efectuado el requerimiento del tenor literal siguiente:

De acuerdo con las previsiones del artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), y en relación con la justificación de subvenciones, conforme al Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), para el centro concertado Escuela Profesional Javeriana, dirijo a usted el presente requerimiento para que, en el plazo de diez días, computados a partir del día siguiente a la notificación del presente, subsane lo siguiente:

El centro concertado deberá presentar en el plazo determinado la documentación descrita en el artículo quinto de la Orden mencionada, en original o copia compulsada, por la indemnización legal de profesor, por la cantidad de 9.091,63 euros.

Pongo en su conocimiento que en el supuesto de no proceder a la presentación de la documentación solicitada, en el plazo exigido, se procederá al reintegro de la subvención en los términos establecidos en el artículo 35.1.d) del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31 de diciembre).

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2005.- El Director General de Centros e Infraestructura Educativa, Higinio Rafael Hernández Álvarez.

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