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BOC Nº 031. Lunes 14 de Febrero de 2005 - 179

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

179 - ORDEN de 20 de enero de 2005, por la que se delega en la Directora del Instituto Canario de la Mujer la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparan los gastos de personal de dicho organismo.

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El artículo 14.c) de la Ley 5/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2005, atribuye a los titulares de los departamentos, la competencia para "autorizar las ampliaciones de créditos que amparan los gastos de personal conforme a lo establecido en el artº. 36.2, apartados a), b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I de la presente Ley, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2)".

El Instituto Canario de la Mujer es un Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, de conformidad con lo regulado en la Ley 1/1994, de 13 de enero, de creación del Instituto Canario de la Mujer, y en el artículo 9.3 del Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

De conformidad con lo regulado en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, así como el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, considerando que existen razones de índole técnica que así lo aconsejan, y en el uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales

DISPONE:

Primero.- Delegar en la Directora del Instituto Canario de la Mujer la competencia para autorizar las ampliaciones de créditos que amparan los gastos de personal de dicho Organismo Autónomo, a los que se refiere el artículo 14.c) de la Ley 5/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2005.

Segundo.- En las resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación se deberá hacer constar la autoridad de procedencia, así como la presente Orden, entendiéndose dictada por el órgano delegante.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 2005.

LA CONSEJERA DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES,

Águeda Montelongo González.

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