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BOC Nº 028. Miércoles 9 de Febrero de 2005 - 164

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

164 - ORDEN de 19 de enero de 2005, por la que se delega en la Secretaria General Técnica del Departamento la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal.

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Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- A semejanza de la previsión contenida en las leyes de Presupuestos Generales de ejercicios anteriores, la Ley 5/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2005, atribuye, en su artículo 14.c), a los titulares departamentales la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal.

Segundo.- La instrucción de los expedientes de ampliación de créditos conllevan un conjunto de trámites formales que pueden acarrear retrasos innecesarios en la gestión de la nómina, la cual viene atribuida a la Secretaría General Técnica a la que corresponde autorizar y disponer los gastos derivados de la gestión de personal, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 39 del citado texto legal. Por ello se estima oportuno delegar en la Secretaria General Técnica, la facultad para autorizar la ampliación de los créditos de dicha naturaleza, en el estricto ámbito del Departamento, excluidos los Organismos Autónomos adscritos al mismo.

Tercero.- La presente delegación competencial, habida cuenta de las razones que la aconsejan, pretende tener carácter intemporal, siempre y cuando, como es obvio, por las correspondientes leyes presupuestarias se mantenga residenciada en el órgano que decide la delegación la competencia cuyo ejercicio ahora se delega.

Y a los que son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Secretaria General Técnica el ejercicio de la competencia consistente en autorizar la ampliación de créditos que amparen los gastos de personal a que se refiere el artículo 14.c) de la Ley 5/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2005, a excepción de los Organismos Autónomos adscritos al Departamento.

Segundo.- La delegación conferida por la presente Orden se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación por parte del titular del Departamento.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y durante los ejercicios presupuestarios posteriores, siempre que las respectivas leyes de presupuestos atribuyan la competencia que se delega a los titulares departamentales.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 2005.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María del Mar Julios Reyes.

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