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BOC Nº 028. Miércoles 9 de Febrero de 2005 - 162

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Justicia

162 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 4 de febrero de 2005, por la que se convocan los premios de jubilación para el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad, correspondiente a los años 2002 y 2003.

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La Comisión de Acción Social en su reunión del día 26 de enero de 2005, acuerda aprobar la convocatoria de los Premios de Jubilación para el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad, que se haya jubilado durante los años 2002 y 2003.

La Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Economía y Hacienda, ha certificado la existencia de crédito con cargo a la aplicación presupuestaria: 19.01.121C.165.00 "Gastos de Acción Social y otras prestaciones".

La cuantía íntegra del Premio de Jubilación será de dos mil ciento setenta y un euros con veintinueve céntimos (2.171,29 euros), para cada solicitante que resulte admitido por reunir los requisitos de esta convocatoria.

En aplicación de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General en el artículo 37.1 de la Ley 5/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2005 (B.O.C. nº 254, de 31.12.04),

R E S U E L V O:

Convocar los premios de jubilación del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad, correspondientes al ejercicio de 2002/2003, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Solicitantes.

Podrán solicitar los premios de jubilación:

1.- El personal estatutario del Servicio Canario de la Salud, que se haya jubilado durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2003.

2.- Los herederos legales del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud que, habiéndose jubilado durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2003, hubiera fallecido.

Segunda.- Solicitudes.

1.- Todos los solicitantes deberán presentar instancia dirigida al Director General de la Función Pública, según el modelo que figura en el anexo I.

2.- Los solicitantes que habiendo presentado solicitud del Premio de Jubilación en la convocatoria realizada por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 15 de enero de 2004 (B.O.C. nº 14, de 22.1.04), fueron excluidos y reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, podrán solicitar, mediante cumplimentación del anexo II, que la certificación requerida en los apartados 2 ó 3 de la base tercera y que habían aportado a dicha convocatoria, se incorpore a su expediente de esta convocatoria.

Tercera.- Documentación general.

A la solicitud ha de adjuntarse la siguiente documentación:

1.- Fotocopia compulsada del D.N.I./N.I.F.

2.- Para los solicitantes incluidos en la base primera.1, certificación de la Jefatura de Personal de la Gerencia correspondiente, en la que se haga constar que el interesado se ha jubilado en el período a que se refiere la citada base.

3.- Para los solicitantes incluidos en la base primera.2, certificación de la Jefatura de Personal de la Gerencia correspondiente, en la que se haga constar que el fallecido se jubiló dentro del período de tiempo señalado en la citada base y justificando debidamente que la solicitud se realiza por todos los herederos, o su representante legal.

4.- Todos los solicitantes deberán acreditar estar dados de "Alta a Terceros" en la Consejería de Economía y Hacienda, mediante certificación expedida por dicha Consejería con sus datos bancarios.

Para los solicitantes incluidos en la base primera.2, la cuenta bancaria debe figurar a nombre de todos los herederos, o en su caso, del representante legal.

5.- Todos los solicitantes deberán presentar debidamente cumplimentado el modelo adjunto anexo III, Declaración Jurada de no ser beneficiario de cualquier otro Premio análogo al solicitado, correspondiente a los años 2002 y 2003, de acuerdo con lo establecido en la base sexta.

Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- Concesión.

1.- Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Comisión de Acción Social se procederá al examen de las solicitudes y comprobación de la documentación aportada por los interesados. Una vez comprobada la documentación, la citada Comisión aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando la/s causa/s de exclusión y elevará la misma a la Dirección General de la Función Pública para la correspondiente Resolución.

2.- Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, se aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos con la/s causa/s de exclusión y se expondrá en los tablones de anuncios de las Consejerías, Organismos y Oficinas de Información de los Cabildos Insulares.

Los solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir de la exposición de la lista provisional de admitidos y excluidos, para presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en relación con la lista que se publique y, en su caso, se subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, teniéndole por desistido de su petición si así no lo hiciera.

3.- Finalizado el plazo de presentación de subsanaciones, la Comisión de Acción Social procederá al examen de las reclamaciones y subsanaciones presentadas por los interesados y una vez resueltas las mismas, ésta aprobará la lista definitiva y elevará la misma a la Dirección General de la Función Pública, a los efectos de la correspondiente Resolución por la que se aprueba y hace pública dicha lista; la de admitidos con los adjudicatarios del Premio y los importes concedidos y los excluidos con la/s causa/s de exclusión.

En la citada Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, se hará constar que la lista quedará expuesta en los tablones de anuncios de las Consejerías, Organismos y Oficinas de Información de los Cabildos Insulares.

4.- Contra la Resolución de concesión de los Premios de Jubilación, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

5.- De la Resolución que se dicte se dará traslado a la Consejería de Economía y Hacienda, Dirección General de Planificación y Presupuesto, a los efectos de materializar las correspondientes transferencias de crédito desde la Sección 19 a los beneficiarios admitidos.

Sexta.- Incompatibilidades.

La percepción del Premio previsto en la presente convocatoria resulta incompatible con la de cualquier otro otorgado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus Organismos Autónomos para la misma finalidad y año.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de febrero de 2005.- El Director General de la Función Pública, Juan José Rodríguez Rodríguez.

Ver anexos - página 2177

N E X O I I

Nombre ........................................................, apellidos ............................................................, D.N.I./N.I.F. .................., Cuerpo/Categoría ...................................................., prestó servicios en la Consejería de Sanidad-Servicio Canario de la Salud .................................................... hasta la fecha de su jubilación el ......................................................... de 200..... .

SOLICITA la incorporación a su solicitud del Premio de Jubilación para el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha .................................................... (B.O.C. nº ..........., de .........................), de la certificación de la Jefatura de Personal de la Gerencia .............................., establecida en la base tercera 2 ó 3 de esta convocatoria y que habían aportado en la convocatoria de 15 de enero de 2004 (B.O.C. nº 14, de 22.1.04).

En ......................................................................................, a ............................ de ............... de 2005.

Firmado: .................................. .

A N E X O I I I

Nombre ...................................................., apellidos .............................................................., D.N.I./N.I.F. .............., Cuerpo/Categoría ...................................................., prestó servicios en la Consejería de Sanidad-Servicio Canario de la Salud ........................................................... hasta la fecha de su jubilación el ................................................. de 200 ..... .

DECLARA bajo juramento no haber sido beneficiario de cualquier otro Premio análogo al que se solicita, otorgado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus Organismos Autónomos, para los años 2002/2003. Lo que declaro a los afectos de solicitar el Premio de Jubilación convocado por la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº ............, de fecha ....................).

En ......................................................................................, a ............................ de ............... de 2005.

Firmado: ................................. .

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