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BOC Nº 024. Viernes 4 de Febrero de 2005 - 290

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Fuerteventura

290 - ANUNCIO de 22 de noviembre de 2004, por el que se hace público el Acuerdo de 30 de abril de 2004, relativo a la aprobación del proyecto de modificación puntual del Plan Insular de Ordenación del Territorio para la corrección de errores en la delimitación del ámbito minero del Barranco de El Guerepe.

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Por el Pleno del Cabildo Insular de Fuerteventura, mediante acuerdo tomado en sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2004, se acuerda la aprobación de la modificación puntual del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura, para la corrección de errores en la delimitación del ámbito minero del Barranco de "El Guerepe", siempre que resulte la superficie de terreno afectado, que posteriormente en sesión celebrada el 25 de junio de 2004, acuerdan, tras quedar enterados de la subsanación de los trámites administrativos, así como de la corrección de la superficie propuesta en el proyecto, la tramitación administrativa del expediente, por lo que de acuerdo con los artículos 45.2 y 46 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, pongo en conocimiento general y de acuerdo a lo establecido en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que se considera aprobada inicialmente la modificación puntual del Plan Insular de Ordenación del Territorio para la corrección de errores en la delimitación del ámbito minero del Barranco de "El Guerepe".

Asimismo, se somete el expediente al trámite de información pública, durante el plazo de un mes, a partir del siguiente al de su publicación, estando el expediente de manifiesto en las oficinas del Servicio de Ordenación del Territorio del Cabildo Insular de Fuerteventura, sito en la calle San Roque, 17, 1º D, de Puerto del Rosario, de lunes a viernes y en horario de 9,00 a 14,00 horas.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Puerto del Rosario, a 22 de noviembre de 2004.- El Consejero Delegado de Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Domingo Berriel Martínez.

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